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Antecedentes De Los Contribuyentes Especiales Grandes


Enviado por   •  8 de Marzo de 2014  •  855 Palabras (4 Páginas)  •  464 Visitas

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Contribuyentes Especiales:

Segmento de contribuyentes, cuyo número es reducido, que reportan los mayores o más grandes activos, los mayores volúmenes de ingresos y teóricamente las mayores contribuciones. En otros países se les denomina grandes contribuyentes.”

De acuerdo a estudios de la SAT, se consideran contribuyentes especiales los que llenan entre otros requisitos conocidos los siguientes:

1. Facturación anual de Q. 10, 000,000.00

2. Fueron notificados por la SAT como Agentes de Retención del IVA.

3. Están inscritos de conformidad con el Decreto 29-89 (Maquila)

4. Están inscritos de conformidad con el Decreto 65-89 (Zonas Francas)

Artículo 5. Contribuyentes especiales. Los contribuyentes que conforme a la normativa de la Administración Tributaria, se encuentren calificados como contribuyentes especiales, se constituyen en agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado conforme a la presente ley.

Desde el momento en que la Administración Tributaria le hubiere notificado al contribuyente especial su activación como agente de retención, al realizar compras de bienes o adquisición de servicios a sus proveedores, pagará al vendedor o prestador del servicio, el ochenta y cinco por ciento (85%) del Impuesto al Valor Agregado y le retendrá el quince por ciento (15%) de dicho impuesto. La totalidad del impuesto retenido, lo deben enterar a la Administración Tributaria dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes inmediato siguiente, a aquel en el que se realice la retención.

Por las ventas de bienes o prestación de servicios al contado, el vendedor o prestador de servicios deberá extender la factura y el contribuyente le entregará a éste una constancia de retención pre numerada, por el quince por ciento (15%) del Impuesto al Valor Agregado retenido.

En el caso de venta de bienes o prestación de servicios al crédito, el vendedor o prestador de servicios emitirá la factura conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por lo que la retención que corresponda, se realizará en el momento de la entrega y emisión de la factura, al igual que la entrega de la respectiva constancia de retención pre numerada, autorizada por la Administración Tributaria y en la cual se hará constar el monto del impuesto retenido conforme al porcentaje que corresponda.

La Administración Tributaria dará aviso al contribuyente de su calificación como contribuyente especial, así como de la suspensión de su calidad como agente de retención cuando proceda.

La calificación como contribuyente especial será realizada por la Superintendencia de Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido en su Ley Orgánica y su reglamento, así como conforme a las normativas que para el efecto emita.

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