Antecedentes Judiciales
Enviado por eloy2580 • 22 de Marzo de 2014 • 586 Palabras (3 Páginas) • 316 Visitas
Antecedentes judiciales, ¿se pueden solicitar a un trabajador?
Con la expedición del Decreto-Ley 19 de 2012, Ley Antitrámites, se suprimió el Certificado Judicial, pero no con ello, el derecho que tiene el empleador de conocer los antecedentes judiciales o penales del aspirante a un cargo. Aquí hacemos claridad.
Lo primero: Antecedentes y Certificado Judicial, son cosas distintas
Cuando una persona comete una conducta que por acción u omisión está descrito en el Código Penal y así lo establece un Juez Penal y dicha sentencia queda ejecutoriada, bien porque no se apeló o en su defecto el Juez de Segunda Instancia así lo confirmó, en ese momento, no antes, la persona queda jurídicamente condenada y por ende, con un Antecedente Judicial, también llamado Antecedentes Penales. Dichos antecedentes, desaparecen una vez la persona haya cumplido la condena impuesta o en su defecto haya operado el fenómeno de la Prescripción de la Sanción Penal. Ahora, hasta hace poco hablábamos del Certificado Judicial, que es como su nombre lo dice, el documento físico que certifica los antecedentes judiciales, certificación que le correspondía hacer al DAS (en liquidación) y que fue delegada dicha competencia en la Policía Nacional.
Recuerde no confundir con Antecedentes Disciplinarios y Fiscales. El primero corresponde a faltas disciplinarias cometidas por servidores públicos en el ejercicio de sus funciones y de particulares en ejercicio de funciones públicas, sanción que impone la Procuraduría y Control Disciplinario y la segunda corresponde a faltas a la gestión fiscal y su sanción pecuniaria a los funcionarios o particulares antes descritos y la impone la Contraloría.
Certificado Judicial desaparece, no los Antecedentes Judiciales
El Decreto-Ley 19 de 2012 (Ley antitrámites) estableció la supresión del documento certificado judicial, pero no los antecedentes judiciales o penales, pues en su lugar se ordenó el acceso vía Internet de manera libre y cualquier persona puede consultar los antecedentes judiciales o penales de otro ciudadano.
Decreto-Ley 19 de 2012
“Art. 93. Supresión del certificado judicial. A partir de la vigencia del presente Decreto-Ley, suprímase el documento certificado judicial. En consecuencia, ninguna persona está obligada a presentar un documento que certifique sus antecedentes judiciales para trámites con entidades de derecho público o privado.”
“Art. 94. Consulta en línea de los antecedentes judiciales. Las entidades públicas o los particulares que requieran conocer los antecedentes judiciales de cualquier persona nacional o extranjera podrán consultarlos en línea en los registros de las bases de datos a que se refiere el artículo siguiente.
Para tal efecto, el Ministerio de Defensa Nacional -Policía Nacional responsable de la custodia de la información judicial de los ciudadanos implementará un mecanismo
...