Antecedentes e historia del Derecho Aduanero
Enviado por maggy2218 • 23 de Febrero de 2017 • Ensayo • 2.435 Palabras (10 Páginas) • 375 Visitas
ÍNDICE
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Introducción
Derecho Aduanero
Antecedentes
Historia del Derecho Aduanero en México
Época Prehispánica
Del Año 1500 a 1600
Del Año 1600 a 1700
Del Año 1700 a 1800
Del Año 1800 a 1900
Del Año 1900 a 2000
Del Año 2000 a nuestros días
Conclusiones
Bibliografía
INTRODUCCIÓN[pic 2]
En el presente comenzaremos por una visión general, partiendo con la definición de los términos de “aduana” y “derecho”; para posteriormente focalizarnos en los antecedentes históricos del Derecho Aduanero en México.
La Real Academia Española (RAE) define el término aduana como “oficina pública, establecida generalmente en las costas y fronteras, para registrar, en el tráfico internacional, los géneros y mercaderías que se importan o exportan, y cobrar los derechos que adeudan” o, en su defecto “los derechos percibidos por esta oficina...”; ahora bien, si se retoma la definición del concepto de derecho, “conjunto de principios y normas….que regulan las relaciones humanas en toda sociedad…”, se puede decir, que el derecho aduanero es el conjunto de principios y normas jurídicas (legislación), por la cual se determina y da dirección a una gran parte de la economía nacional, mediante un régimen fiscal a que deben someterse los intervinientes en el trafico internacional de mercancías a través de fronteras nacionales o aduaneras, ya sea por vía marítima, terrestre, aérea, y/o postal; organiza el sector público destinado a su control, determinando sus funciones, asimismo indica los tipos y formalidades de las transacciones sobre las mercancías y establecen los tribunales especiales, entre otras actividades.
En México, se conocen a las aduanas como organismos gubernamentales encargados de controlar y gestionar la entrada y salida de mercancías, el comercio internacional; siendo el objeto de éstas garantizar la fluidez del comercio global, agilizando la circulación de las mercancías, mediante la inspección de mercancía entrante, saliente y/o circulante en el país, facilitando o prohibiendo dichas operaciones, teniendo la facultad para solicitar previamente información referente a la mercancía objeto de importación o exportación, lo anterior a efecto de garantizar la seguridad y facilitar el comercio global; dependiendo, directamente, tanto la administración como la actividad aduanal de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
DERECHO ADUANERO
Antecedentes
En la antigüedad no existían sistemas monetarios, y mucho menos los impuestos, incluyendo los aduaneros, ni aranceles, o cualquier tipo de regulación, digamos que prevalecía un comercio rústico/ primitivo, en el cual los comerciantes realizaban un pago en especies, al entrar a determinado territorio; siendo los griegos, “padres” de las primeras aduanas que cobraban en especie, posteriormente los romanos comenzaron a emplear monedas como medio de cambio, dando nacimiento a los impuestos.
Mientras tanto, en Medio Oriente, los árabes contaban con una clase de sistema de aduanas conocido como "almojarifazgo", posteriormente adoptado por Alfonso X, corona de Castilla, el cual consistía en el pago de “regalías" al señor feudal; más adelante, entre el siglo V y XV, igualmente en España, se perfeccionaron los derechos aduaneros, pues comenzaron a cobrarse en los ''Puertos Secos" (aduanas terrestres) y "Puertos Mojados" (aduanas marítimas y portuarias).
Después, ya casi a finales del siglo XVII, en Francia, el entonces monarca, Luis XIV, dicta la Ordenanza de febrero de 1687, considerada como el primer código aduanero de esa nación; en ésta se estipula la diferencia entre territorio político y territorio aduanero, asimismo define precisamente y de manera jurídica, los términos "importación" y "exportación". Posterior a la Revolución Francesa, julio de 1789, se creó la primera “normatividad” tributaria.
Historia del Derecho aduanero en México
Época prehispánica
Durante este periodo, existía gran actividad comercial en Mesoamérica entre los pueblos, además del sistema de trueque, empleaban sistemas de valor y medida para poder llevar a cabo el intercambio de mercancías, con la diferencia que en vez de manejarse por un sistema monetario y/o bancario, estos utilizaban pequeños “costales” rellenos de polvo de oro, plumas de aves preciosas y semillas de cacao, los cuales poseían cierto valor comercial y eran aceptados en toda Mesoamérica.
En los tianguis o mercados, no existían leyes o normas tributarias como tal, pero aun así se conducían bajo reglamentos estrictos, cuyo cumplimiento recaía en una clase de inspectores; en el caso particular de los Aztecas (Mexicas), estos exigían a los pueblos sometidos el pago de tributos e imponían una organización del comercio a grandes distancias, mediante los “pochtecas” (comerciante), quien realizaba el intercambio de productos originarios de la región con los de otros pueblos ubicados más allá de las fronteras mexicas, de este modo es como se justifica la presencia de pescados y mariscos frescos en Tenochtitlan, capital del Imperio Azteca, o de textiles y plumajes de quetzal provenientes de territorio maya. Aunque, cabe mencionar que, no fue precisamente Tenochtitlán la ciudad donde se vislumbró el auge comercial, dicha metrópoli se convertiría más tarde en la base del poder militar, cediendo a Tlatelolco la zona de esplendor del sector comercial.
Del año 1500 a 1600
España concretó el comercio con sus colonias a partir de 1509, lo cual legitimaba el monopolio mercantil; en la Nueva España, se fundaron las Casas de Contratación (1503), a efecto de controlar y en cierta manera fiscalizar el comercio, la navegación entre España y las Indias; convirtiéndose Veracruz, aproximadamente a mediados del siglo XVI, en el sitio idónea para la edificación de las primeras instalaciones portuarias.
Posteriormente, una vez consolidada la ruta mercantil entre Acapulco y Manila, en ese entonces territorio que formaba parte del Virreinato de la Nueva España, comienza el comercio con oriente, siendo Acapulco donde se llevaba a cabo la revisión aduanal debido a que en Manila no existía control alguno de los embarques; aunque, en 1593, el rey Felipe II, mediante la Cédula Real, restringe el volumen de la carga comercial de mercancías no filipinas, conocidas como “productos de la China”, evitando así perjudicar al comercio español.
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