Apeo o deslinde
Enviado por golfino • 29 de Junio de 2014 • Informe • 295 Palabras (2 Páginas) • 522 Visitas
Procedencia
Artículo 3.30.- El Apeo o deslinde tiene lugar cuando no se hayan fijado los límites que separan un predio de otro u otros o que, habiéndose fijado, haya motivo fundado para creer que no son exactos.
Legitimación
Artículo 3.31.- Tienen derecho para promover el apeo o deslinde:
I. El propietario;
II. El poseedor con título bastante para transferir el dominio;
III. El usufructuario.
Contenido de la solicitud
Artículo 3.32.- La solicitud de apeo o deslinde deberá contener:
I. La ubicación del inmueble y su denominación, si la tuviere;
II. En su caso, la parte o partes específicas sobre las que se pretenda llevar a cabo;
III. Los nombres de los colindantes;
IV. El sitio donde están y donde deban colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieron;
V. Designación de un perito.
Documentos y planos
Artículo 3.33.- A la solicitud se acompañarán los planos, títulos de propiedad y demás documentos que sean necesarios para la práctica de la diligencia.
Notificación a los colindantes y señalamiento de fecha y lugar para la diligencia.
Artículo 3.34.- Presentada la promoción, el Juez la mandará notificar a los colindantes, para que dentro de tres días exhiban los títulos o documentos de su posesión y nombren perito si quisieren hacerlo, y señalará día, hora y lugar para que tenga verificativo la diligencia de apeo o deslinde.
Identificación de puntos
Artículo 3.35.- Si fuere necesario identificar alguno o algunos de los puntos de deslinde, los interesados podrán presentar dos testigos de identificación por cada uno, a quienes se examinará en el lugar y hora de la diligencia.
Diligencia de apeo o deslinde
Artículo 3.36.- El día y hora señalada, el Juez y Secretario, estando presentes los peritos, testigos de identificación e interesados, se llevarán a cabo la diligencia conforme a las reglas siguientes:
I. Se practicará el apeo o deslinde, asentándose acta en que consten todas las ob
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