Apertura De Credito
Enviado por karencass12 • 4 de Marzo de 2014 • 256 Palabras (2 Páginas) • 262 Visitas
APERTURA DE CREDITO
(ARTICULO 291 LGTOC) EN VIRTUD DE LA APERTURA DE CREDITO, EL ACREDITANTE SE OBLIGA A ONER UNA SUMA DE DINERO A DISPOSICION DEL ACREDITADO O A CONTRAER POR CUENTA DE ESTE UNA OBLIGACION PARA QUE EL MISMO HAGA USO DEL CREDITO CONCEBIDO EN LA FORMA Y EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES CONVENIDOS, OBLIGANDO AL ACREDITANTE A PAGAR INTERESES GASTOS ETC. QUE SE ESTIPULEN.
NATURALEZA DE LOS CONTRATOS MERCANTILES
SE REPUTA MERCANTIL EL PRESTAMO CUANDO SE CONTRAE EN EL CONCEPTO Y CON EXPRESION DE QUE LAS COSAS PRESTADAS SE DESTINEN A ACTOS DE COMERCIO Y NO PARA NECESIDADES AJENAS A ESTE. SE PRESUME MERCANTIL EL PRESTAMO QUE SE CONTRAE ENTRE COMERCIANTES.
CONTRATO MUTUO
CONTRATO POR EL CUAL EL MUTUANTE SE OBLIGA A TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE UNA SUMA DEDINERO O DE OTRAS COSAS FUNGIBLES AL MUTUATARIO QUIEN SE OBLIGA A DEVOLVER OTRO TANTO DE LA MISMA CANTIDAD Y CALIDAD.
CLASES DE APERTURA DE CREDITO
POR SO OBJETO DE DINERO O FIRMA
*OBLIGACION QUE ASUME EL ACREDITANTE DE ACEPTAR, SUSCRIBIR, ENDOSAR O AVALAR.
*SI EL CONTRATO RECAE SOBRE DINERO, EL ACREDITADO PUEDE DISPONER A LA VISTA DE LA SUMA RESTANTE.
*EN EL SUPUESTO DE CREDITO DE FIRMA, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL ACREDITANTE ESTAMPE SU FIRMA EN EL DOCUMENTO SE OBLIGA A PAGAR LAS SUMAS CUBIERTAS.
POR SU FORMA DE DISPOSICION SIMPLE O EN CUANTA CORRIENTE
ESTIPULADO EL CONTRATO EN CUENTA CORRIENTE EL ACREDITADO TENDRA A HACER REMESAS, ANTE DE LA FECHA FIJADA PARA LA LIQUIDACION EN REEMBOLSOS PARCIAL O TOTAL DE LAS DISPOSICIONES QUE PREVIAMENTE HUBIERE HECHO, QUEDANDO FACULTADO, MIENTRAS EL CONTRATO NO CONCLUYA.
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