Apuntes De Latino
Enviado por oranyelys • 27 de Noviembre de 2013 • 2.374 Palabras (10 Páginas) • 306 Visitas
Apuntes: Locuciones Latinas
Ab absurdo: hasta el absurdo.
Ab aeterno: desde siempre, desde muy antiguo.
Ab antiguo: desde antiguo.
Ab initio: desde el principio.
Ab origine: desde el origen o principio.
Abiurato: perjuicio.
Abrogatio: abrogación.
Accesorium sequitur principale: lo accesorio sigue a lo principal.
A contrariis: por los contrarios (forma de demostrar un argumento por las razones contrarias).
A contrarío sensu: en sentido contrario.
Actio de dolo: acción de dolo.
Actio popularis: acción popular (se dice de aquella reclamación que puede ser exigida por cualquier miembro de una comunidad determinada).
Ad argumentandum tantum: con el solo fin de argumentar.
Ad cautelam: para la cautela.
Ad exemplum: para ejemplo.
Ad extra: hacia afuera.
Ad finem: hasta el fin.
Ad hoc: para esto, para un fin particular.
Ad hominem: contra la persona.
Ad honorem: para calificar una función ejercida sin retribución alguna.
Ad interim: interinamente, provisionalmente.
Ad intra: hacia dentro.
Ad itidicem: ante el juez.
Ad indicia: para el juicio.
Ad libitum: a voluntad, a elección.
Ad literam: al pie de la letra.
Ad perpetuara: perpetuamente, para siempre.
Ad referendum: bajo condición de informar (fórmula de cancillería empleada para expresar que un acto, una decisión, un proyecto, etc., queda subordinado para su validez a la aprobación de otra autoridad o a la ra¬tificación correspondiente).
Ad usitm: según costumbre.
Aequitas: equidad, igualdad, proporcionalidad (se dice de la aplicación de la justicia atemperada de los rigo¬res del derecho y, también, de los principios que deben guiar la facultad discrecional del juez).
A fortiori: con más fuerza, con mayor razón (forma de argumentación consistente en establecer la verdad de una proposición general para extraer de ella una particular).
Allegans contraria non audiendus est: el que alega lo contrario no debe ser oído (se aplica a aquellas alega¬ciones aducidas por un sujeto que, por ser contrarias a su conducta previa o anterior, resultan inadmisibles).
Animus belligerandi: intención de hacer la guerra.
Animus derelinquendi: intención de abandonar algo.
Animus negotiandi: intención de negociar.
Animus occupandi o possidendi: intención de ocupar o poseer una cosa.
Animus posessionis: intención de poseer.
Animus revocandi: intención de revocar.
Animus transferendi: intención de transferir algo.
A posteriori: se dice de lo ocurrido después de un hecho o circunstancia determinada.
A priori: se dice de lo ocurrido antes de un hecho o circunstancia determinada.
A sensu contrario: por el sentido o significación contraria.
Aut dedere aut iudicare: o entregar o juzgar.
Bellum iustum: guerra justa.
Bona fide: de buena fe.
Casus belli: caso de guerra.
Casus foederis: estipulación pactada que debe ser cumplida por las partes.
Circa: cerca, alrededor de.
Comitas gentium: cortesía entre las naciones.
Conditio iuris: condición de derecho.
Conditio sine qua non: condición sin la cual no puede producir efectos un determinado negocio jurídico.
Consensus: consentimiento, acuerdo.
Consensus ad ídem: el consentimiento sobre lo mismo.
Consensus generalis: consentimiento o acuerdo general.
Consensus gentium: acuerdo de las naciones.
Consensus omnium: el consentimiento de todos.
Consuetudo est servando: la costumbre debe ser observada.
Consules electi: cónsules elegidos (título de los cónsules honorarios o no funcionarios).
Cónsules missi: cónsules enviados (título de los cónsules de carrera que sólo desempeñan las funciones con¬sulares y no otras actividades).
Contra: contra, al contrario, en sentido opuesto.
Contra legem: contra la ley (se dice de la costumbre establecida o de la decisión adoptada en contra de la ley).
Corpus iuris: cuerpo de Derecho, conjunto de normas.
Corpus iuris gentium: cuerpo o compilación del Derecho de Gentes.
Corpus iuris spatialis: código de Derecho espacial.
Corpus posessionis: cuerpo, objeto de la posesión.
Damnum emergens: daño emergente o producido por el incumplimiento de una obligación.
Debellatio: debelación (aniquilación de un Estado por la fuerza de las armas).
De facto: de hecho.
De iure: de derecho.
De lege lata o Lex lata: la ley o derecho vigente.
De lege ferenda: de acuerdo con la ley que debiera ser aprobada.
Delicta iuris gentium: delitos contra el Derecho de Gentes.
Denegatio iustitiae: denegación de justicia (se dice del delito cometido por el juez o magistrado que no im¬parte la justicia según la forma establecida por las leyes).
Desuetudo: desuso.
Dictum: dicho, aforismo, apotegma.
Divortium aquarum: línea que determina las vertientes para fijar los límites entre Estados.
Dominium: dominio, propiedad sobre una cosa.
Do ut des: doy para que des.
Dura lex, sed lex: dura es la ley, pero es la ley.
Eo ípso: por sí mismo.
Erga omnes: con relación a todos.
Ergo: por tanto, pues.
Ex aequo et bono: según lo equitativo y bueno (se dice del arreglo de una disputa basado en la equidad).
Ex auctoritale legis: desde la autoridad de la ley.
Ex composilo: de común acuerdo.
Ex consensu: con la aprobación de la persona a quien se dirige uno o de quien se habla.
Ex debito iustitiae: por deber.
Ex factis oritur ius: de los hechos se origina el derecho.
Ex gratia: por gracia, de favor.
Ex iniuria non oritur
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