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Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  540 Palabras (3 Páginas)  •  142 Visitas

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Legitimación procesal

La legitimación procesal hace referencia a una determinada relación del sujeto con la situación jurídica sustancial que se deduce en juicio.

Esta relación se concreta normalmente en la afirmación de la titularidad de la situación jurídico sustancial cuya tutela se pretende en el proceso.

Al hablar de legitimación se puede hacer una distinción entre legitimación ordinaria y extraordinaria:

- Legitimación ordinaria: Corresponde al titular de la situación jurídica sustancial que se deduce en juicio. Sólo él puede pedir y obtener la tutela jurídica demandada (legitimación activa), frente a otro sujeto al que se afirma titular del deber u obligación correlativos (legitimación pasiva).

- Legitimación extraordinaria: En algunas situaciones, el Ordenamiento legitima a un sujeto para deducir en juicio, en nombre propio, un derecho ajeno del que no es titular. Este es el caso de la acción subrogatoria regulada en el artículo 1111 del Código civil español, y cuya dicción literal recogemos como ejemplo para entender a qué se refiere exactamente el concepto de legitimación extraordinaria: "Los acreedores, después de haber perseguido los bienes de que esté en posesión el deudor para realizar cuanto se les debe, pueden ejercitar todos los derechos y acciones de éste con el mismo fin, exceptuando los que sean inherentes a su persona; pueden también impugnar los actos que el deudor haya realizado en fraude de su derecho".

Se debe aclarar que tanto en los supuestos de legitimación ordinaria como extraordinaria, las afirmaciones iniciales realizadas por el actor en la demanda bastan para que el actor (demandante) y demandado sostengan el pleito como partes legítimas, pues lo que se tiene en cuenta en la legitimación no es la relación jurídica en cuanto existente sino en cuanto deducida o afirmada en la demanda.

Lo que se trata de averiguar en el proceso es si el derecho afirmado existe efectivamente y si, en caso de existir, pertenece al demandante frente al demandado, ya que la legitimación es un tema de fondo que sólo la sentencia puede resolver. De manera que, si la sentencia declara que el derecho no existe o que no corresponde al actor frente al demandado, no quiere decir ello que el proceso se haya desarrollado entre partes no legitimadas, lo que falta -y faltaba- es la titularidad material y eso es lo que se declara, pero la sentencia es plenamente válida y eficaz entre partes.

refutar v. tr. Contradecir una persona las razones o explicaciones de alguien argumentando que no son ciertas o válidas: refutó las tesis del científico americano. rebatir, rechazar.

Una tesis (del latín thĕsis y este del griego θέσις thésis. 'establecimiento, proposición, colocación', aquí en el sentido de «lo propuesto, lo afirmado, lo que se propone»; originalmente detithenai, 'archivar') es el

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