Argumentacion juridica. AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA
Enviado por Citlaly Saenz • 21 de Junio de 2018 • Trabajo • 4.627 Palabras (19 Páginas) • 166 Visitas
ARGUMENTACIÓN JURIDICA
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Licenciado. Gonzalo Mendoza
Citlaly Alonso Saenz
Universidad regional del norte
Licenciatura. Derecho
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28/septiembre/2017
“No estudies para un examen, estudia para que tu cliente no pierda su libertad o sus bienes por un ignorancia”
AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA
Esta demanda es presentada ante los juzgados del dicho distrito, esta se llevó por la vía mercantil el día 12 de febrero del 2015 en Ciudad de Chihuahua Chihuahua en contra de **************** de quien llevó acabo esta demanda por dichas prestaciones no cumplidas.
- 1-. Se demanda a esta persona por la falta de consentimiento del demandante quien sufrió un daño en su nombre ya que, los pagarés no fueron firmados con su puño y letra. Los pagarés son de un monto de $8,797.80 (ocho mil setecientos noventa y siete pesos 80/100 M.N.) esta cantidad se depositó a una cuenta con el numero *************** se le dio una recompensa por la cantidad de $2,313.50 de pesos.
Se reclaman una cantidad de 25 pagares que se efectuaron el día 21 de abril del año 2014
- 2-. El siguiente daño se efectuara una restitución de los documentos que contiene los documentos elaborados y expedidos en el amparo de la tarjeta de débito anteriormente mencionada esta restitución deberá realizarse a la cuenta con numero *************************** a nombre de la persona afectada.
- 3-. Deberán reclamarse los intereses de la cantidad de $8,797.80 pesos estos deberán contabilizarse desde el día en que fueron efectuados en la tarjeta y hasta el total cumplimiento en el pago principal el interés se contara con un 6% establecido en el artículo 362 en el código de comercio.
En la demanda la parte actora o la persona que ejecuta la demanda relata la situación de los hechos y ofreció las pruebas que a ella le parecieron con más credibilidad, la demanda se llevó a cabo por la vía mercantil en un juicio oral mercantil, con su mediador y mencionando las prestaciones transcritas con antelación, mediante un acuerdo que se llevó acabo el día 22 de mayo de 2015 se contestó la demanda en contra de la afectada, contestando con hechos oponiendo las excepciones que estimo procedentes entre las que destaca la de incompetencia por declaratoria y ofreciendo sus pruebas, el día 16 de junio del 2015 se fijó a las 10:30 del día 30 de junio de 2015 para la audiencia preliminar, a las 10:30 del día 30 de junio del 2015 se llevó acabo la audiencia preliminar con la asistencia del licenciado autorizado de la parte actora, y el licenciado en de la parte demandada, en esta audiencia se llevó acabo el desahogo de las etapas.
1-. La parte demandad utilizo el fundamento en artículo 1114 del Código de comercio, también se apoyó con el articulo 1390bis-34, en relación con el artículo 1114 y 1117 del código ya antes mencionado, la parte demandad se opuso a esta excepción por lo que tomo la decisión de que en 30 días se volviera llevar acabo la audiencia en el tribunal unitario circuito del decimoséptimo circuito en turno.
2-. En esta etapa se llevó acabo la conciliación y mediación de las partes
3-. En esta tercera etapa se llevó a cabo una fijación de acuerdos sobre los hechos no controvertidos.
Esta es una de las partes más importantes para las partes, esta parta está realizada para que las partes puedan expresar sus inconformidad mediante el juicio, esta parte debe de hacerse con mucha atención ya que es importante destacar aquellos puntos que no son válidos o que tiene fallos en las pruebas, en esta parte se pudo destacar el hecho de que los pagarés y los vounchers no se podían tomar como una prueba válida ya que no se comprobó que la parte actora contara con ellos o tuvieran los requisitos para ser una prueba.
4-. La fijación de acuerdos probatorios
5-. La calificación de las pruebas, en la que se admitieron como pruebas de la parte actora
La parte actora presento 5 documentos privados en los cuales el primero habla sobre una solicitud de asistencia técnica ante la comisión nacional para la protección y defensa de los usuarios de servicios financieros en el segundo, consiste en un escrito presentado ante la CONDUSEF, el tercero, consiste en un estado de cuenta del periodo del uno al veinte de abril, el cuarto, consiste un estado de cuenta del periodo del uno al veinte de abril a la cuenta relativa a la tarjeta, la cinco consiste en un informe presentado por el apoderado. La parte actora presento 4 documentos públicos en los que redacta lo siguiente, en el primero consiste en una copia con firma autógrafas del acta relativa a la audiencia de conciliación, en la segunda consiste en un acta de denuncia del día 6 de octubre del 2012, levantada por la unidad especializada de investigación de delitos patrimoniales del ministerio publico el tercero, consiste en un informe redactado por el apoderado del banco reclamado y el cuarto, consiste en un acta con firmas que se dispusieron antes de la audiencia de conciliación.
A las nueve horas con treinta minutos y diez horas con cincuenta y nueve minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince, se recibió el oficio **********, firmado por la Secretaria del Segundo Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito con sede en esta ciudad, por el que remitió copia certificada de la resolución de veintiuno de agosto de dos mil quince, dictada de la excepción de incompetencia por declinatoria 1/2015-II, en la que declaró Improcedente la excepción planteada.
A las doce horas con treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince, se inició la audiencia de juicio procediéndose a hacer constar que comparecieron el licenciado **********, autorizado de la parte actora, en términos del numeral 1069 del Código de Comercio; la actora **********y licenciado **********, apoderado legal de la parte demandada, por lo que, se tuvieron por desahogadas las pruebas documentales ofertadas por las partes en audiencia preliminar, en atención a su propia y especial naturaleza y se procedió al desahogo de las confesionales ofertadas en la audiencia intermedia y se formularon alegatos por las partes.
Consideraciones
1-. Consideración a que fue precisamente la parte actora, quien sin ser comerciante, llevó a cabo una operación de comercio con la institución de crédito demandada, consistente en la celebración de un contrato de apertura de cuenta (depósito a la vista en cuenta corriente), con tarjeta de crédito, por ende, la controversias derivadas de ese acto comercial, son de naturaleza mercantil y deben sustanciarse conforme a las leyes de la materia.
En este punto no refiere que la actora aun no por ser comerciante tomo la vía mercantil, porque ella asegura que podría tener una mejor resolución en esta vía.
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