Articulo 38
Enviado por zyanyita • 6 de Diciembre de 2013 • 222 Palabras (1 Páginas) • 194 Visitas
Artículo 38.- Los actos administrativos que se deban notificar deberán tener, por lo menos, los
siguientes requisitos:
I. Constar por escrito en documento impreso o digital.
Tratándose de actos administrativos que consten en documentos digitales y deban ser notificados
personalmente, deberán transmitirse codificados a los destinatarios.
II. Señalar la autoridad que lo emite.
III. Señalar lugar y fecha de emisión.
IV. Estar fundado, motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate.
V. Ostentar la firma del funcionario competente y, en su caso, el nombre o nombres de las personas
a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona a la que va dirigido, se
señalarán los datos suficientes que permitan su identificación. En el caso de resoluciones
administrativas que consten en documentos digitales, deberán contener la firma electrónica
avanzada del funcionario competente, la que tendrá el mismo valor que la firma autógrafa.
Para la emisión y regulación de la firma electrónica avanzada de los funcionarios pertenecientes al
Servicio de Administración Tributaria, serán aplicables las disposiciones previstas en el Capítulo
Segundo, del Título I denominado "De los Medios Electrónicos" de este ordenamiento.
En caso de resoluciones administrativas que consten en documentos impresos, el funcionario
competente podrá expresar su voluntad para emitir la resolución plasmando en el documento impreso un
sello expresado en caracteres, generado mediante el uso de su firma electrónica avanzada y amparada
por un certificado vigente a la fecha de la resolución.
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