Articulo 75 De La Ley De Comercio
Enviado por carmenurban • 29 de Julio de 2011 • 374 Palabras (2 Páginas) • 1.054 Visitas
Ventajas de una Sociedad Cooperativa:
- No necesita un capital mínimo para su constitución, sino el preciso para la puesta en
marcha.
- Los socios pueden incorporarse o darse de baja voluntariamente.
- Todos los socios participan en los órganos de la sociedad con los mismos derechos.
(Gestión democrática).
- Su objetivo principal es el bien común de los trabajadores y no el beneficio económico.
- Es obligatorio destinar anualmente un porcentaje de los beneficios obtenidos al Fondo
de Reserva, para garantizar el futuro de la sociedad, y al Fondo de Reserva de Educación
y Promoción, para facilitar la formación de los trabajadores.
- Permite la capitalización por desempleo.
- Puede acceder a una normativa especialmente favorable de ayudas (fomento de la
economía social).
Ventajas de una Sociedad Mercantil
Se protege el patrimonio personal en caso de problemas económicos.
Se separa el patrimonio personal del empresarial facilitando la gestión del negocio así como su control económico. Con la contabilidad de la sociedad independiente de la personal, se puede obtener más fiablemente la rentabilidad real del negocio, detectar desviaciones en los gastos, realizar previsiones de tesorería, etc.
Se facilita el acceso a financiación bancaria tanto de la sociedad como del empresario que pediría los préstamos como trabajador por cuenta ajena, pudiendo acceder a prestamos al consumo, nómina, etc más fácilmente que un empresario individual.
Se facilita el acceso a subvenciones, ya que en muchas de ellas uno de los requisitos es estar constituido como Sociedad Mercantil.
Se estudia disminuir aun más el tipo impositivo para las Sociedades, por lo que el ahorro será aun mayor.
Y finalmente contando con el ahorro fiscal producido que en la mayoría de los casos compensa el incremento del coste de mantenimiento y que actualmente se puede constituir una Sociedad Limitada por menos de 900 euros, el argumento de un mayor coste no se puede sostener como un inconveniente, ya que las ventajas anteriores comentadas pueden compensar con creces ese pequeño coste inicial.
Como conclusión diremos que la Sociedad Mercantil es la mejor opción siempre que, como ya dijimos al tratar al Empresario Individual, no estemos en uno o varios de los supuestos cuya valoración pese más y haga que nos inclinemos hacia la adopción de esta forma de operar.
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