Artículo 153-I de la LFT: la obligación del empleador de proporcionar la formación y capacitación de sus empleados
Enviado por Franciajimenez • 27 de Noviembre de 2014 • Informe • 281 Palabras (2 Páginas) • 177 Visitas
El artículo 132, fracción XV de la LFT atribuye al empleador la obligación de proporcionar capacitación y adiestra- miento a sus colaboradores, con la intención de elevar su productividad y nivel de vida, de acuerdo con los planes y pro- gramas elaborados por la empresa para tal efecto, de común acuerdo con el sindicato o sus trabajadores y previamente aprobados por la STPS.
Así, se distingue entre capacitar y adiestrar:
Capacitar
Adiestrar
• Consiste en proporcionar al trabajador tanto en la teoría como en la práctica elementos para que a tra- vés de una promoción ocupe una vacante superior al puesto que desempeña
• Es actualizar los conocimientos y habilidades del trabajador en el puesto que desempeña
En ese sentido, se entiende que la capacitación se otorga al trabajador para conseguir un puesto distinto y el adies- tramiento para el mismo puesto que desempeña.
De ahí que el artículo 153-I de la LFT disponga la constitución en cada empresa de una Comisión Mixta de Capaci- tación y Adiestramiento para vigilar la instrumentación y operación del sistema y los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, y sugerir las medidas tendentes a perfeccionarlos conforme a sus propias necesidades y las de la organización.
Características y atribuciones a cargo de la comisión
La creación y funcionamiento de la comisión en comento debe apegarse a las reglas previstas en la LFT y el Acuerdo por el que se actualizan los Criterios generales y los formatos correspondientes para la realización de trámites admi- nistrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores, publicado en el DOF del 30-XII-2004 y modificado por los Acuerdos dados a conocer los días 9-III-2006 y 16-XII-2009, que se especifican en seguida:
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