Asobancaria
Enviado por marirear • 12 de Agosto de 2013 • 1.241 Palabras (5 Páginas) • 202 Visitas
LAS ENTIDADES MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA
Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DE COLOMBIA -
ASOBANCARIA
C O N S I D E R A N D O:
Que a raíz de la expedición de la USA PATRIOT Act los bancos
americanos deben solicitar certificaciones a los bancos extranjeros que son
clientes a través de los servicios de corresponsalía, las cuales buscan
principalmente determinar si estos cumplen con una serie de parámetros
en materia de prevención del lavado de activos.
Que dicha ley, de alguna manera establece que las entidades financieras
son clientes las unas de las otras (cuentas de corresponsalía), y por lo
tanto, se requiere aplicar un modelo de conocimiento del cliente (debida
diligencia) específico para estas relaciones.
Que los anteriores parámetros tienden a convertirse en una práctica
internacional.
Que los clientes de las entidades financieras en Colombia, por su régimen
legal o por decisión propia, están solicitando a las entidades información
sobre los componentes del Sistema Integral para la Prevención del Lavado
de Activos (Sipla), que les genere confianza en sus relaciones financieras.
Que en el proceso de respuesta actual a dichos clientes se presenta una
importante carga operativa, dado que las entidades financieras deben
responder múltiples solicitudes de información con distinto alcance y
contenido.
Que a raíz de la expedición de la Circular Externa 034 de 2004 de la
Superintendencia Bancaria (Agosto 27), la cual señala el deber de aplicar
las reglas sobre conocimiento del cliente y demás aspectos del Sipla, a los
clientes o personas naturales o jurídicas con las cuales se celebren
operaciones, independientemente de que se encuentren sometidas a algún
tipo de vigilancia estatal o que por virtud de dicha vigilancia cuenten con un
Sipla u otro sistema similar de prevención y control del lavado de activos,
dicho proceso de respuesta puede resultar aún más ineficiente y complejo.
R E C O M I E N D A N:
1. Que las entidades financieras miembros de la Asobancaria utilicen en
sus respuestas a terceros respecto del Sipla, el modelo que se
anexa, el cual incluye en términos generales respuestas a todas las
inquietudes que tradicionalmente plantean los clientes a este
respecto.
2. Que las entidades financieras miembros de la Asobancaria acepten el
mencionado modelo como respuesta a sus solicitudes de información
sobre el Sipla de terceros, dentro de sus procesos de conocimiento
del cliente según lo establecido en la normatividad de la
Superintendencia Bancaria.
La presente recomendación fue aprobada por la Junta Directiva de la
Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia en la sesión
del 13 de octubre de dos mil cuatro (2004).
DECLARACIÓN SOBRE EL SISTEMA INTEGRAL PARA LA
PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS EN LAS
ENTIDADES FINANCIERAS
(CIUDAD, FECHA)
(DESTINATARIO)
ASUNTO: Prevención del Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo
(SALUDO)
Esta comunicación se suministra en atención a su solicitud sobre el tema citado en el asunto de
la referencia. La presente información es de tipo estratégico sobre procesos operacionales,
estructura organizacional y administración corporativa, agradecemos por lo tanto que su manejo
sea estrictamente confidencial.
GENERAL
El NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA (en adelante la ENTIDAD), es un establecimiento
de crédito, debidamente constituido en Colombia, con sede en CIUDAD, DIRECCION,
TELEFONO, FAX Y CORREO ELECTRÓNICO DE LA CASA MATRIZ O DIRECCIÓN
GENERAL.
En el desarrollo de las operaciones la ENTIDAD está vigilada por la(s)
Superintendencia(s)(NOMBRE) y ha adoptado e implementado un Sistema Integral para la
Prevención del Lavado de Activos y la Financiación de Actividades Terroristas, en adelante
SIPLA, que contempla el cumplimiento de las normas del Estatuto Orgánico del Sistema
Financiero Colombiano “EOSF” (Decreto 663 de 1.993), y las instrucciones impartidas por la
Superintendencia Bancaria de Colombia, lo mismo que las recomendaciones y mejores
prácticas internacionales en esta materia, principalmente las del GAFI1.
Las políticas, controles y procedimientos implementados, dentro de un concepto de
administración del riesgo, son directrices que buscan la debida diligencia para prevenir el uso
de la ENTIDAD por elementos criminales. Lo anterior incluye entre otros aspectos, el
conocimiento del cliente y de sus operaciones con la ENTIDAD, definición de los segmentos de
mercado atendidos, monitoreo de transacciones, capacitación al personal y
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