Atenuantes Y Agravantes Del Derecho Penal
Enviado por yosmary2508 • 22 de Junio de 2014 • 1.200 Palabras (5 Páginas) • 375 Visitas
CAUSAS GENERALES DE LA ATENUACION DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
SON AQUELLAS QUE EN ALGUNA MEDIDA, DAN LUGAR A LA REDUCCION DE LA PENA NORMALMENTE APLICABLE
CLASIFICACION DE LAS ATENUANTES
1. EXIMENTES LEGALEMENTE INCOMPLETAS
-LA ENFERMEDAD MENTAL INSUFICIENTE, CUANDO UNA PERSONA SEMI-ENFERMA MENTAL, SEMI ENAJENADA, REALIZA UN DELITO, SE LE APLICA LA SANCION PENAL REDUCIDA.
-CIERTOS CASOS DE PERTURBACION MENTAL DERIVADA DE LA EMBRIAGUEZ
-EL EXCESO EN LAS CAUSAS DE JUSTIFICACION CUANDO, EXISTIENDO LEGITIMIDAD INICAL DE LA ACCION, SIN EMBARGO, EL AGENTE SOBREPASA LOS LIMITES ESTABLECIDOS EN LA LEY PENAL.
2. EXCUSAS LEGALES ATENUANTES
EN LA EXCUSA LEGAL ATENUANTE SE ESTABLECE EL QUANTUM DE LA DISMINUCION DE LA PENA APLICABLE AL CASO CONCRETO DE UNA MANERA ESPECIFICA O DETERMINADA
EN CUANTO A LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES, NO SE ESTABLECE EL QUANTUM, LA REBAJA ESPECIAL Y ESPECIFICA DE LA PENA, SINO QUE SE ESTABLECE EL EFECTO QUE PRODUCE LA EXISTENCIA DE UNA O MAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES. ES DECIR, QUE SE TRATA DE CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ESPECIFICADAS, DETERMINADAS Y DEFINIDAS.
3. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ESPECIFICADAS O DETERMINADAS
SI EN LA EPOCA DE LA REALIZACION DEL ACTO, EL REO NO HA ALCANZADO LA EDAD DE 18 AÑOS ES INIMPUTABLE.
LA MINORIDAD PENAL ES UNA CAUSA DE INIMPUTABILIDAD, Y POR ENDE, EXISTE UNA EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL. PERO SI ES MAYOR DE 18 AÑOS Y MENOR DE 21 AÑOS, ES PENALMENTE IMPUTABLE Y PENALMENTE RESPONSABLE.
NO HABER TENIDO LA INTENCION DE CAUSAR UN MAL DE TANTA GRAVEDAD COMO EL QUE PRODUJO
HABER PRECEDIDO INJURIA O AMENAZA DE PARTE DEL OFENDIDO.
4. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES INDEFINIDAS O INDETERMINADAS.
SON CIRCUNSTANCIAS QUE ALGUNOS JUECES TOMAN EN CUENTA:
-LA BUENA CONDUCTA PREDELICTUAL DEL REO, LA BUENA CONDUCTA ANTES DEL DELITO, CON SU COMUNIDAD O SU FAMILIA.
-LA CONDICION FEMENINA, LOS CAMBIOS HORMONALES QUE PRODUCEN CAMBIOS EN LA PSIQUIS DE LA MUJER.
-LA FALTA DE EDUCACION Y LA FALTA DE INSTRUCCIÓN
-LA POBREZA SIN LLEGAR A LA MISERIA EXTREMA.
-CONSENTIMIENTO Y DEBIDO CONOCIMIENTO DEL OFENDIDO.
5. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ESPECIALES
SOLO SE REFIEREN O SE APLICAN A ALGUNOS CASOS.
6. CAUSAS DE MITIGACION DE PENA
a. LA ANCIANIDAD: AL QUE EJECUTA UN HECHO PUNIBLE, SIENDO MAYOR DE 70 AÑOS, EN LUGAR DE PRESIDIO SE LE DARA EL ARRESTO.
b. LA CONDICION FEMENINA, ESTO ES DEBIDO A SUS CONDICIONES DE MUJER, DEBIDO A QUE ESTA NO PUEDE SER MALTRATADA.
LA ENFERMEDAD MENTAL INSUFUCIENTE
EXISTE UNA ZONA INTERMEDIA ENTRE LA PERFECTA SALUD MENTAL Y LA ENFERMEDAD MENTAL SUFICIENTE O ENAJENACION, DENTRO DE ESTA ZONA SE ENCUENTRAN AQUELLAS PERSONAS, QUE SIN ESTAR DEFINITIVAMENTE ENFERMAS, NI ESTAR COMPLETAMENTE SANAS, SUFREN DE TRASTORNOS MENTALES.
CLASIFICACION DE LA ENFERMEDAD MENTAL INSUFICICIENTE
LAS ALUCINACIONES Y LAS ILUSIONES: LAS ALUCIONES CONSISTEN EN CREENCIAS DE SENSACIONES INEXISTENTES A LOS SENTIDOS, Y LAS ILUSIONES CONSISTEN EN UNA FALSA APRECIACION DE LA REALIDAD.
LAS OBSESIONES: SON NEUROSIS OBSESIVAS, COMPULSIVAS, SON PREOCUPACIONES QUE COARTAN LA VOLUNTAD.
LOS DELIRIOS PARCIALES: AFECTAN LA CONDUCTA DE LAS PERSONAS, LA PERSONA SOBREVALORA SUS APTITUDES.
LAS IMPULSIONES: LAS PERSONAS SE VEN OBLIGADAS A REALIZAR UN ACTO Y SABEN QUE ES DAÑINO Y SIN EMBARGO LO REALIZAN.
CONSTITUCION EPILEPTOIDE: REACCIONES DE CORTO CIRCUITO, ES TOTALMENTE DESPROPORCIONAL AL ACTO QUE LA HA GENERADO, EL CUAL ES RELEVANTEMENTE INSIGNIFICANTE.
LA PSICONEUROSIS MANIACO DEPRESIVA: EL MANIACO ES EL SUJETO QUE SE CREE DUEÑO DEL MUNDO Y EL DEPRESIVO ES EL QUE SE SIENTE LO PEOR DEL MUNDO.
LA PERTURBACION MENTAL DERIVADA DE LA EMBRIAGUEZ
EL ALCOHOL PRODUCE INTOXICACION, LA CUAL PUEDE SER HABITUAL O CRONICA.
LA MAYORIA DE LOS CRIMENES SON COMETIDOS POR INFLUENCIA DE ALCOHOL.
CAUSAS DE AGRAVACION DE RESPONSABILIDAD PENAL
SON AQUELLAS, QUE EN ALGUNA MEDIDA, EN ALGUN GRADO, DAN LUGAR AL AUMENTO DE LA PENA NORMALMENTE APLICABLE.
CLASIFICACION DE LAS CAUSAS GENERALES DE AGRAVACION
I. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES GENERICAS O PROPIAMENTE DICHAS.
II. LA REINCIDENCIA.
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