Atenuantes Y Agravantes Derecho Penal
Enviado por Andreacisneros1 • 3 de Marzo de 2014 • 15.427 Palabras (62 Páginas) • 702 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
FACULTAD DE DERECHO
SUA
DIPLOMADO EN DERECHO FAMILIAR
ALUMNA: MA. DE LOS ANGELES CONTRERAS ROBLES
No. de C. 76073834
MODULO VI. LOS TIPOS PENALES EN GENERAL
Tema 2. Atenuantes y agravantes en la penalidad / Introducción
Introducción
En la vida social ocurren hechos que afectan de una manera directa e íntima a la colectividad y que lesionan gravemente intereses colectivos e individuales, ya que, en su mayoría, poseen un marcado tono de inmoralidad: el asesinato, el robo, el aborto, la falsificación de documentos, etcétera. Para salvar los intereses de la comunidad, el Estado define los delitos, determina las penas y las medidas de seguridad, haciendo que se respete la Ley y sea castigado quien no la cumpla. Esta rama del Derecho se denomina Derecho Penal
Objetivo particular
Reconocer la importancia de las agravantes y atenuantes ya que de esta forma el alumno podrá comprender y analizar de forma específica las características que toma el juzgador para reducir o aumentar las penas de acuerdo a las particulares del tipo penal.
Desarrollo de contenido
Agravantes
El delito presenta a veces tales caracteres que revela una mayor culpabilidad y perversidad del delincuente y su gravedad excede de aquel término medio que la ley considera como tipo. Estas circunstancias se llaman agravantes. La primera de ellas es la premeditación, porque el acto premeditado, preconcebido y calculado contiene una mayor cantidad de voluntad criminal y una mayor dosis de libertad. E que premedita, por la frialdad y calma con que prepara el delito revela gran peligrosidad.
El motivo, cuando es bajo y antisocial, es circunstancia agravante. Así, el que mata para conseguir dinero y poder continuar llevando vida crapulosa, muestra mayor peligrosidad que el homicida que mató para defender la honra de su hija. Los medios, modos y formas empleados para lograr mayor impunidad y disminuir la posibilidad de defensa de la víctima son también circunstancias que agravan el delito. Todas ellas quedan comprendidas bajo el epígrafe de alevosía.
El ensañamiento, que consiste en la prolongación cruel e inhumana del dolor de la víctima, el empleo de la astucia, fraude o disfraz, el abuso de superioridad, el obrar con abuso de confianza, la nocturnidad, actuar en despoblado o en cuadrilla, ejecutar el hecho con desprecio de la persona (edad, sexo o dignidad) o en su morada, o en lugar sagrado, son circunstancias que al concurrir en la comisión del delito le convierten en un hecho de mayor gravedad. En el desarrollo del delito es preciso considerar estos momentos: preparación, tentativa (frustración) y consumación.
Generalmente, la ley penal no castiga la preparación, a no ser que revele propósito criminoso. Así, el que deseando matar a otro compra un veneno, prepara un delito; pero por este simple hecho objetivo de comprar el veneno, la ley no puede castigarle.
En cambio, el que tuviere en su domicilio una metralleta con munición es digno de castigo, ya que la posesión de tal arma revela objetivamente un propósito delictivo. Cuando un delincuente da comienzo a la ejecución de un delito y debe interrumpirlo por causas ajenas a su voluntad, surge la figura jurídica de la tentativa. Más si el agente interrumpe voluntariamente la ejecución del delito, no existirá tentativa punible. De todas formas, la pena que se aplica a la tentativa siempre es menor que la correspondiente al delito consumado. Hay castigo, puesto que ha existido una violación de la ley; pero como no se han producido víctimas ni daños materiales, la pena debe ser menor que la correspondiente en el caso de haberse consumado el hecho.
Atenuantes
Las leyes penales señalan algunas causas que disminuyen la responsabilidad criminal, pero no la anulan totalmente: la embriaguez no habitual, ser el culpable menor de dieciocho años, no haber tenido el delincuente la intención de causar un mal de tanta gravedad como el que produjo, obrar por estímulos o motivos morales altruistas o patrióticos de notoria importancia, etcétera. Son también circunstancias atenuantes, la reparación en lo posible a impulsos de arrepentimiento espontáneo de los efectos o consecuencias del delito, dar satisfacción al ofendido o bien confesar a las autoridades la infracción.
Actividad 1
Defina, de acuerdo la lectura y estudio del tema, que es una circunstancia atenuante y cual una circunstancia agravante y de un ejemplo de cada caso.
Introducción.
El Derecho Penal es un derecho normativo, valorativo y de una esencia conservadora del orden social y jurídico, que tiene una naturaleza eminentemente sancionadora. Pero un Estado que se fundamente en la dignidad humana tiene que tener como objeto principal, y con más razón cuando se trata de la utilización del Derecho Penal, la protección del individuo: no sólo de aquel cuyos bienes jurídicos han sido vulnerados, sino también de quien ha llevado a cabo el acto delictivo.
Por tanto, el Derecho Penal no sólo debe defender a las personas contra los delitos, sino que tiene también que garantizar los derechos individuales, que son entonces límites al poder punitivo. En el ejercicio de la facultad punitiva del Estado, el legislador debe propender a la realización de sus fines sociales y entre ellos, el de asegurar la vigencia de un orden justo. Y qué mejor garantía para la nitidez de la justicia que el establecimiento legal de la posibilidad de que la sanción se individualice, de tal forma que su graduación guarde directa proporción con la medida en que el hecho haya sido más o menos grave; lo cual está dado por las circunstancias que en él hayan concurrido y que, en caso de que sean indicadoras de menor gravedad, determinan que la sanción también pierda severidad, por lo que son denominadas circunstancias atenuantes; las cuales son, precisamente, nuestro objeto de estudio.
Ésta es un institución que aparece en respuesta a la racionalidad que exige el ejercicio del poder sancionador. Su razón de ser y origen obedecen, sin duda, al proceso de medición y modificación de la pena. De ahí que las circunstancias atenuantes tengan una indiscutible trascendencia en cuanto a la medición justa y equitativa de la pena. Sin embargo, a pesar de la importancia que revisten, a las circunstancias atenuantes no se les da en la doctrina jurídica la relevancia que realmente poseen; ya que en la bibliografía de esta rama jurídica no son tratadas
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