Auditoria Tributaria
Enviado por bedia • 2 de Noviembre de 2012 • 2.832 Palabras (12 Páginas) • 3.484 Visitas
I. INTRODUCCION
La Auditoría Tributaria es un proceso sistemático que tiene como finalidad la verificación y comprobación de una manera objetiva el fiel cumplimiento y determinación de las obligaciones tributarias. El sistema tributario venezolano se caracteriza por poseer diversos tributos, específicos y con características propias que están sujetos a una legislación fundamentada en principios emanados por la Constitución Nacional, razón por la cual, la evaluación de los mismos tiene que ser a partir de una visión sistemática de los impuestos, tasas y contribuciones que recaen sobre los contribuyentes, basado en técnicas, métodos y procedimientos de auditoría
El Contador Público que ejerza el rol de Auditor Tributario debe ser un profesional preparado, ético, con destrezas y habilidades, ya que está en la obligación de conocer los principios de contabilidad que la empresa aplica para los registros tributarios; evaluar el control interno tributario; determinar los factores de riesgos; establecer la importancia relativa y desarrollar las pruebas de auditorías que considere necesarias para sustentar su opinión.
II. OBJETIVOS:
Conocer los antecedentes históricos de la contabilidad.
Estimular el conocimiento contable a través de la historia.
Comparar propuestas de pensamientos contables.
III. CONTENIDOS:
AUDITORIA TRIBUTARIA
Introducción
DEFINICION:
Existen muchas de auditoría tributaria; no obstante, es preciso observar en primer término lo que señala la Superintendencia Nacional de administración tributaria (SUNAT), quien en su manual general de procedimientos de auditoría señala: “la auditoria tributaria es un examen dirigido a verificar el cumplimiento de la obligación tributaria por parte de los contribuyentes, así como también de aquellas obligaciones formales contenidas en las normas legales”
No obstante esta definición, creemos que la auditoria tributaria, abarca un campo de acción mucho más amplio pues a través de esta se examinan las declaraciones juradas presentadas, los estados financieros, los libros, registro de operaciones y toda la documentación sustentatoria de las operaciones económicas - financieras, aplicando técnicas y procedimientos , a fin de evaluar el cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales del sujeto fiscalizado, determinando si existen omisiones que originen obligaciones tributarias a favor del fisco o créditos a favor del contribuyente.
OBJETIVOS
Son:
a) Verificar el cumplimiento tributario de las obligaciones formales y sustanciales del sujeto fiscalizado.
b) Determinar la veracidad de la información consignada en las declaraciones presentadas por los contribuyentes.
c) Verificar que lo declarado corresponda tanto a las operaciones registradas en los libros contables como a la documentación sustentatoria y que refleje todas las transacciones económicas efectuadas.
d) Verificar si las bases imponibles, créditos, tasas e impuestos calculados están correctamente determinados.
e) Detectar oportunamente a los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones tributarias.
f) Verificar que la aplicación de las prácticas contables hayan sido realizadas de acuerdo a las normas contables, a fin de establecer diferencias temporales y/ o permanentes al comparar con la aplicación de las normas tributarias vigentes en el ejercicio auditado.
TIPOS
Tratándose de los tipos de auditoría tributaria, podemos indicar que existen dos (2) tipos:
a) AUDITORIA TRIBUTARIA FISCAL
La auditoria tributaria fiscal se caracteriza fundamental mente porque es realizada por los funcionarios auditores del órgano administrador de tributos. Sus procedimientos persiguen objetivos fiscales, por lo que sus resultados tienen un impacto directo en la empresa.
b) AUDITORIA TRIBUTARIA INDEPENDIENTE
La auditoria tributaria independiente (denominada también “auditoria tributaria preventiva”) a diferencia de la fiscal, es realizada por auditores independientes. Este tipo de auditoría tiene objetivos básicamente preventivos, pues el resultado de la misma, permite a la empresa verificar la situación tributaria en la que se encuentra, pudiendo corregir de forma optima los errores encontrados.
Habiendo definido los tipos de auditoría tributaria, cabe señalar que en nuestro país, el código tributario le otorga facultad exclusiva de fiscalizar y efectuar revisiones a la SUNAT, por lo que la auditoria tributaria de tipo independiente solo tiene un carácter meramente preventivo. No obstante ello, en otras legislaciones se permite que la Administración tributaria, se ayude de las auditorias tributarias independientes, para determinar la obligación tributaria. Un ejemplo de lo señalado, sucede en México.
LA EXPERIENCIA MEXICANA
El artículo 54º del código tributario establece que ninguna otra autoridad, organismo, ni institución, distinto del tribunal fiscal, de la SUNAT, de los gobiernos locales, entre otros, puede ejercer las facultades conferidas a los órganos administradores de tributos, bajo responsabilidad. En ese sentido, el artículo 61º del referido código señala que la determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a la fiscalización o verificación por la administración tributaria, la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada, emitiendo la resolución de determinación, orden de pago o resolución de multa que corresponda. Es decir, para nuestra legislación, solo la administración tributaria tiene la facultad de fiscalización tributaria.
No obstante lo señalado, es preciso indicar que en México la legislación permite que los agentes particulares (Contadores públicos, previamente autorizados), puedan ayudar a la administración tributaria a cumplir con su función fiscalizadora.
En efecto, según el artículo 32º - A del código fiscal de la federación mexicana, las personas físicas con actividades empresariales y las personas jurídicas que se encuentran en alguno de los siguientes supuesto, están obligadas a dictaminar, en los términos del artículo 52º del referido código, sus estados financieros por contador público autorizado:
a) Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables o activos superiores a los aprobados;
b) Las que en el ejercicio inmediato anterior, por lo menos trescientos (300) de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
En este supuesto,
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