BANCO BANAMEX
Enviado por anahinarukiyasha • 13 de Noviembre de 2012 • Examen • 1.556 Palabras (7 Páginas) • 719 Visitas
QUEJOSO: RAYMUNDO CORDOBA SÁNCHEZ
TERCERO PERJUDICADO: BANCO BANAMEX
S.A. Y XIMENA MERCADO RINCÓN
AMPARO INDIRECTO
JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO EN EL DISTRITO FEDERAL
RAYMUNDO CORDOBA SANCHEZ; Por derecho propio y en mi carácter de quejoso señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Avenida Siempre Viva número 123 Colonia Springfield, Delegación Gustavo A. Madero, Distrito Federal México, para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 párrafo II de la Ley de Amparo por lo cual designo a los licenciados, NALLELY GUADALUPE SOSA MATEOS con cedula profesional 54389253 y/o ANAHI TELLEZ BAUTISTA con cedula profesional 58230529 y/o VICTOR MANUEL CAZAREZ MORALES con cedula profesional 59385040 y/o MIGUEL ANGEL HERNANDEZ RANGEL con cedula profesional 59354321, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 103 fracción primera y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 4, 5 y 114 de la ley de Amparo, vengo a demandar de esta autoridad EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos de autoridad que a continuación se mencionan.
A efecto de ajustar la presente demanda, a lo establecido en el artículo 116 de la Ley de Amparo, me permito hacer del conocimiento de su señoría los siguientes:
ELEMENTOS DE LA DEMANDA DE AMPARO
I.- QUEJOSO: RAYMUNDO CORDOBA SANCHEZ; con domicilio en Avenida Siempre Viva No. 123 colonia Springfield, Delegación Gustavo A. Madero Distrito Federal; México.
II.- TERCERO PERJUDICADO: 1.-BANCO BANAMEX S.A. con domicilio en calle Rosario Castellanos No. 36 Colonia Hombres Ilustres, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal, México. 2.- XIMENA MERCADO RINCON, con domicilio ubicado en calle Buenos Aires, colonia Agua Caliente, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal México.
III.-AUTORIDADES RESPONSABLES: H. JUZGADO CIVIL SEXAGÉSIMO CUARTO DEL DISTRITO FEDERAL MÉXICO; con domicilio conocido.
IV.- ACTO QUE SE RECLAMA: No haber sido notificado de manera personal o de ninguna otra forma en los términos o formalidades que marca la ley, como lo dice el artículo 111 y 116 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, México.
V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: Artículos 114 párrafo II, Artículo 116 párrafo I y Artículo 117 párrafo II, de Nuestra Carta Magna.
VI.-FECHA QUE TUVE CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO: El día 12 septiembre del año en curso me entere del proceso que se realiza en contra mía y de mi ex esposa.
VII.- PROTESTA: Los hechos y abstenciones que a continuación se hacen del conocimiento de su señoría y que constituyen los antecedentes del acto reclamado, mismos que son ciertos por ser verdad de los hechos.
ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO
1.-El día 20 de septiembre del año 2009 promoví una demanda de Divorcio en contra de XIMENA MERCADO RINCON, a lo cual fue emitida una sentencia que resolvió la disolución del vínculo matrimonial.
2.-No me fue notificado el emplazamiento que tendrían que haberme realizado de dicho Juicio Hipotecario; ya que solo le notificaron a mi ahora ex esposa; por lo tanto nunca tuve conocimiento de que existía un proceso en contra de ambos.
3.-Fue hasta el día 12 de septiembre del año en curso, que un amigo en común entre mi ex esposa y yo, me comenta que al llegar al juzgado antes mencionado, observa que hay un Juicio Hipotecario en contra de los dos; por lo que yo no tenía conocimiento de dicho juicio y que estaban a punto de quitarle la casaa XIMENA MERCADO RINCON.
CONCEPTOS DE VIOLACION
PRIMERO: Se viola en mi perjuicio El Artículo 14 Constitucional que en su párrafo segundo expone “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos , en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”, por lo tanto esta garantía contenida en el presente artículo se me está violentando de tal forma que en mi derecho de ser oído y vencido en juicio frente a los tribunales plenamente establecidos no fue realizado de manera correcta y conforme a la ley.
SEGUNDO: Se viola en mi perjuicio el Artículo 16 Constitucional párrafo primero expresa “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.” Así que, para demostrar que no se cumplió con lo dicho en este artículo se cita la siguiente tesis jurisprudencial,
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