Cómo hacer un contrato de anticretico
Enviado por samunyuma • 22 de Septiembre de 2015 • Práctica o problema • 617 Palabras (3 Páginas) • 472 Visitas
DOCUMENTO PRIVADO
Conste por el presente documento privado de CONTRATO DE ANTICRETICO que con el reconocimiento de firmas y rubricas ante autoridad competente, estableciendo en el código Civil, al temor de las siguientes clausulas y condiciones:
PRIMERO: Intervienen en la presente relación jurídica, Sr. (a).Juan de la Cruz Aguerre Flores C.I. 364217 LP. Y Angélica Alarcón de Aguirre C.I. 2365198 LP. ,mayor de edad y hábil por derecho, en calidad de propietarios del inmueble situado en la zona de Villa el Carmen, Calle Eduardo Abaroa NO. 52, De esta Ciudad de La Paz, debidamente registrados en las oficinas de Derechos Reales ; que en adelante se denominaría los PROPIETARIOS ; y por otra parte la Sra. Felicidad Ramos Patana C.I. 6944188 LP. Y Vilma Platero Ramos C.I. 9190251 LP. Capases de obrar, que en adelante se denominaran ANTICRESISTAS, las partes en forma voluntaria suscriben el presente contrato.
SEGUNDO: Al presente, por así convenir a los intereses de los propietarios, sin que nadie vicio del consentimiento alguno, ha decidido dar en ANTICRETICO, un dormitorio, cocina y baño en el inmueble descrito en las clausulas primera, en favor de los ANTICRESISTAS. Por el monto establecido de Bs. 18.800,00 Son (Dieciocho Mil Ochocientos 00/100).Calidad de dinero que los propietarios reciben a su entera satisfacción .El contrato suscrito efectos jurídicos a partir del diecisiete de septiembre del año dos mil quince, siendo un año forzoso y otro voluntario.
TERCERO: El departamento material del presente contrato se encuentra en buen estado de habitabilidad; Los anticresistas se obliga a devolver en la misma condición en la que reciben, a la conclusión del presente contrato y los propietarios se obliga a devolver el dinero en la misma moneda. (BOLIVIANOS).
CUARTO: En cuanto al consumo de Luz y Agua los anticresistas cancelaran con los de más q viven en el domicilio en forma proporcional y de acuerdo a la factura.
QUINTO: Se establece expresamente que queda prohibido subrogar, sub alquilar, escándalos en el domicilio, transferir a tercera personas, siendo casual de rescisión del contrato.
SEXTA: Estando conforme con cada de las cláusulas que anteceden, sometiéndonos a su fiel y escrito cumplimiento, firma al pie del presente documento, los PROPIETARIOS y ANTICRESISTAS.
JUAN DE LA CRUZ AGUIRRE FLORES ANGELICA ALARCON DE AGUIRRE
C.I. 364217 LP. C.I. 2365198 LP.
FELICIDAD RAMOS PATANA VILMA PLATERO RAMOS
6944188 LP. 9190251 LP.
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