CONCEPTO Y CARACTERES DEL DERECHO DE FAMILIA
Enviado por mfg20 • 24 de Octubre de 2018 • Resumen • 396 Palabras (2 Páginas) • 424 Visitas
TEMA 1 - INTRODUCCIÓN
I.CONCEPTO Y CARACTERES DEL DERECHO DE FAMILIA
*Concepto
El derecho de familia es aquella parte del Derecho que regula las relaciones familiares (regulación del
matrimonio y de sus crisis; relaciones entre padres e hijos; instituciones tutelares que sustituyen a la patria
potestad). En el ordenamiento existen normas que afectan a cuestiones familiares, pero no son parte del
Derecho de familia (por ejemplo, normas fiscales).
Es una parte del Derecho civil y por tanto es Derecho privado (algunos defendían que era Derecho público:
carácter imperativo de las normas y poco juego de la autonomía de la voluntad). Es cierto que el Derecho de
familia tiene aspectos de Derecho público (intervención del Ministerio fiscal en los procesos de filiación; en
los procesos de adopción intervención de órganos administrativos).
*Caracteres
El Derecho de familia se caracteriza:
a) Por su contenido ético. En su concepción influye la moral y la religión.
b) Muchas cuestiones del Derecho de familia afectan al orden público (matrimonio); existe un interés del
Estado en mantener la institución familiar y por eso interviene.
c) En el Derecho de familia, muchas normas son imperativas; la autonomía privada juega un papel
secundario. El Derecho de familia es el sector de nuestro ordenamiento que más ha cambiado en los 30
años.
II. EL PARENTESCO (arts. 915 – 919 CC)
Definición: vínculo que une a los miembros de una familia y del que derivan consecuencias
Tipos de parentesco:
a) Consanguinidad: existe vínculo de sangre
- Línea recta: aquellos que descienden los unos de los otros (abuelo, padre, hijo)
Descendente: lo que distan los jóvenes de los mayores.
Ascendente: lo que distan los mayores de los jóvenes.
- Línea colateral: descienden de manera directa o indirecta de un tronco común. Estos a su vez pueden
ser de doble vínculo (padres en común) o de vínculo sencillo (uno de los padres en común).
b) Afinidad: consanguíneo de tu cónyuge (familia política). No existe parentesco entre los consuegros, así
como con los padrinos. Para hablar de pariente afíneo, primero tiene que haber un matrimonio. La figura
del padre/madre no tiene relevancia, no vínculo familiar.
c) Adoptivo: exactamente igual de protegido que el hijo natural. Lo crea una sentencia judicial. El vínculo
de adopción implica el mismo tratamiento que al hijo biológico. Entra a formar parte de una familia y se
elimina cualquier vinculación con su familia natural.
*Cómputo
La persona sobre la que se quiere hacer el cómputo no se cuenta
...