Cap 1 Kelsen teoría pura del derecho
Enviado por anasampietro98 • 30 de Octubre de 2018 • Resumen • 1.843 Palabras (8 Páginas) • 208 Visitas
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TEORÍA PURA DEL DERECHO
KELSEN
CAPÍTULO 1
- La teoría pura del derecho constituye una teoría sobre el derecho positivo.
- Objeto: Intenta dar respuesta a la pregunta “¿Qué es el derecho?” (= ser) ≈ ciencia jurídica.
- Derecho centrado en las normas jurídicas.
- Acontecimientos fácticos considerados jurídicos (ej. Personas firman un papel = contrato)
- Actos (hechos) con 2 sentidos:
- Sentido subjetivo: lo que el otro entiende cuando ve la acción. (ej. Personas firman papel)
- Sentido objetivo: la relación con lo jurídico (ej. Contrato)
Puede traer aparejado una auto atribución del significado jurídico.
La norma
A)La norma como esquema de explicación conceptual:
- La norma jurídica demuestra el conjunto de normas humanas a las que el derecho le interesa y les atribuye un significado jurídico y se desarrolla dentro de un esquema.
- Esquema: El enunciado de que un acto de una conducta humana situado en el tiempo y espacio es un acto de derecho o contrario a este en relación a una norma.
- El contenido de un suceso fáctico coincide con el contenido de una norma tenida por válida.
B)Norma y producción de normas
- Conocimiento jurídico ≈ normas jurídicas → Sistema de normas que regulan la conducta humana.
- Norma ≈ debe ser → acciones humanas dirigidas con intención hacia el comportamiento de otros: actos
- “deber” relaciono a esta permitido/ facultado (diferente a acto de voluntad ≈ ser)
- Conducta debida: comportamiento fáctico correspondiente a la norma
- “deber” tiene 2 sentidos:
- Subjetivo: todo acto de voluntad de un individuo orientado intencionalmente hacia el comportamiento de otro
- Objetivo: se caracteriza a lo debido como norma válida.
- La norma jurídica va a existir solo si ha sido promulgada por autoridad competente designada en tal cargo por un ley anterior y superior. → Carácter de conductas obligatorias que acarrean una sanción ≈ “deber ser”.
Norma jurídica como centro del derecho (derecho ≈ deber ser)
- Derecho compuesto por un orden jurídico coactivo dirigido hacia las conductas de los seres humanos
- Conductas que le interesen al derecho y estén reguladas por las normas jurídicas.
- Carácter coactivo de la sanción: se impone por una autoridad determinada y no es opcional.
- El derecho no puede regular nada que no se encuentre en la norma.
C)Validez y dominio de la validez de la norma
- Validez: existencia específica de una norma → la norma puede valer aun cuando el acto de voluntad haya dejado de existir.
- Eficacia: norma aplicada y obedecida en los hechos → es una condición de la validez → eficacia ≈ acatamiento.
- Primero validez y después eficacia : norma puede tener validez ya antes de ser eficaz
- Si una norma permanece sin eficacia por mucho tiempo, deja de ser considerada válida.
- Tipos de validez:
- Temporal: la norma es válida por una determinada cantidad de tiempo.
- Espacia: la norma es válida en un determinado territorio
- Personal: frente a quienes es válida la norma
- General (objetivo): el objeto de regulación de la norma → norma rige para todos.
D)Regulación positiva y negativa: obligar, facultar y permitir.
- Positiva: exige a una persona una acción o una omisión → obliga, permite, faculta o prohíbe.
- Negativa: no está regulado en la norma (no está permitido ni prohibido)
- La permisión de la conducta de B es solo el reflejo del carácter obligatorio de la conducta de A.
E)Norma y valor
- Valor positivo: conducta que corresponde a la norma[pic 1]
- Valor negativo: conducta que contradice a la norma
- ≠ norma ≠ juicio de valor
- Juicio de valor:
- Verdadero: se corresponde al derecho válido y voluntad del individuo → “bueno”
- Falso: no se corresponde al derecho válido y voluntad del individuo → “malo”
- Un objeto es “bueno o malo” en relación con si corresponde o no con el deseo o voluntad hacia él orientado.
- Para ser un juicio de valor debe tener función de conocimiento ( ≠ emocional)
- El valor tiene 2 sentidos:
- Objetivo: valor consistente en la relación de conducta con una norma objetivamente válida (no es graduable)
- Subjetivo: valor consistente en la relación de un objeto con el deseo o la voluntad de un individuo (diversos grados).
- El valor en relación al conocimiento siempre tiene que ser objetivo.
- En relación al valor/valores de los enunciados puede ser:
- Juicios de valor subjetivos: ≈ el objeto con el deseo→ objetivo cuando no median intereses
- Juicios de valor objetivos: ≈ la conducta con la norma
- La ≈ del hecho con la norma es la = a la relación de los hechos con la realidad empírica.
- Existen 2 fuentes de los juicios de valor: el acto imperativo y la costumbre
- La conducta fáctica en relación a la norma es diferente a la la conducta con relación a los hechos empíricos.
- ≈ a la fuentes 1) acto imperativo 2) costumbre (no se toma en cuenta xa examinar el juicio de valor)
- Valor como fin : el enunciado de que algo es adecuado a un fin
- Relación de causa y efecto entre fin objetivo y fin subjetivo:
- Fin objetivo: “debe realizarse”, estatuido por una norma considerada válida → Jdv obj
- Fin subjetivo: un hombre se pone a si mismo deseando realizarlo → Jdv sub.
Jdv sub. es posible fundándose en el conocimiento de la relación causal que aparece entre los hechos considerados medio y fin. [pic 2]
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