Caso Hipotetico De Derecho Internacional
Enviado por sirilin • 27 de Mayo de 2014 • 409 Palabras (2 Páginas) • 624 Visitas
EJERCICIO PRACTICO N°1
CASO HIPOTETICO
El 30 de Mayo de 1997 se llevaran a cabo las elecciones en la República de Liberta.
El 1 de Marzo el medio de comunicación grafico “EL IMPLACABLE” publica una información relacionada con el DR. JOSE CORTINA, en el cual lo atacan diciendo que se valio de su función publica para obtener ilegítimamente ventajas económicas que no solo abultaron sus cunetas bancarias privadas, sino que también sirvieron para subsidiar la campaña electoral del PARTIDO OFICIALISTA en las próximas elecciones presidenciales legislativas
Acto seguido el DR. JOSE CORTINA solicita al medio grafico mencionado su derecho a la RECTIFICACION Y RESPUESTA. Cabe mencionar que el DR. CORTINA es el ex Ministro de Cultura y educación Pública del Gobierno Nacional y Vicepresidente del partido FUERZA DE AVANCE al que pertenece el actual Presidente de Liberta.
El medio grafico se niega a la petición del DR. CORTINA manifestando que no puede entregarle a toda persona que lo solicite un espacio en su publicación. En consecuencia el DR. CORTINA impone la acción judicial correspondiente para que le sea reconocido su DERECHO A REPLICA y se le obligue a el IMPLACABLE el reconocimiento del derecho mencionado. La acción le es denegada y se confirma en un RECURSO DE APELACIÓN.
El presidente del partido FUERZA DE AVANCE en el cual EL DR. CORTINA ES VICEPRESIDENTE, EXPIDE EL DECRETO 111/01 EL 30 DE MARZO DE 1997. Dicho decreto establece que toda información relacionada con Ministros o Ex ministros del Poder Ejecutivo Nacional durante los 30 días inmediatamente anteriores a las Elecciones Presidenciales deberá ser presentada ante un COMITÉ DE REVISION creado por el presente decreto para acordar los términos de su publicación
Dicho decreto esta respaldado por el art. 15 de la CONSTITUCION NACIONAL donde se prevén las restricciones a la libertad de pensamiento y expresión.
El 20 DE MAYO DE 1997 el IMPLACABLE decide seguir con sus publicaciones respecto del DR. CORTINA, acción que les es negada ya que con la creación de decreto 111/01 no se podrá publicar información sobre Ex Ministros en los 30 DÍAS INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES.
El IMPLACABLE promueve RECURSO DE AMPARO solicitando la declaración de inconstitucionalidad del decreto por establecer la PREVIA CENSURA, recurso que les es negado y confirmado en apelación.
Mencionando con acontecimiento importante que la Constitución de Liberta no prevé ni la PREVIA CENSURA ni el DERECHO A REPLICA.
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