Clasificacion De Las Empresas
Enviado por renzotartarini • 13 de Abril de 2015 • 2.354 Palabras (10 Páginas) • 348 Visitas
LA PAZ 12/02/15
RESUMEN
Pasos para constituir una empresa
Micro empresa: Se considera microempresa a las unidades productivas que cumplan al menos dos de los siguientes criterios de diferenciación:
Número de trabajadores: Inferior o Igual a 9 trabajadores.
Activos productivos: Inferior o Igual a UFV1 150.000.
Ventas anuales: Inferior o Igual a UFV 600.000.
Exportaciones anuales: Inferior o Igual a UFV 75.000.
En el caso de que la unidad productiva supere cualquiera de estos criterios será considerada automáticamente en el siguiente nivel.
Pequeña empresa: Se considera pequeña empresa a las unidades productivas que cumplan al menos dos de los siguientes criterios de diferenciación:
Número de trabajadores : Entre 10 y 19 trabajadores
Activos Productivos: Entre UFV 150.001.- y UFV 1.500.000.
Ventas anuales: Entre UFV 600.001.- y UFV 3.000.000.
Exportaciones anuales: Entre UFV 75.001.- y UFV 750.000.
En el caso de que la unidad productiva supere cualquiera de estos criterios será considerada automáticamente en el siguiente nivel.
Mediana empresa: Se considera mediana empresa a las unidades productivas que cumplan al menos dos de los siguientes criterios de diferenciación:
Número de trabajadores: Entre 20 y 49 trabajadores
Activos productivos: Entre UFV 1.500.001.- y UFV 6.000.000.
Ventas anuales: Entre UFV 3.000.001.- y UFV 12.000.000.
Exportaciones anuales: Entre UFV 750.001.- y UFV 7.500.000.
En el caso de que la unidad productiva supere cualquiera de estos criterios será considerada automáticamente en el siguiente nivel.
Gran empresa: Se considera gran empresa a las unidades productivas que cumplan al menos dos de los siguientes criterios de diferenciación:
Número de trabajadores: Más de 50 trabajadores
Activos productivos: Mayor o igual a UFV 6.000.001.
Ventas anuales: Mayor o igual a UFV 12.000.001.
Exportaciones anuales: Mayor o igual a UFV 7.500.001.
Solo en el caso de la diferenciación de las organizaciones económicas campesinas – OECAS se considerará únicamente los rangos definidos para las ventas anuales y las exportaciones anuales, para determinar el nivel al que corresponde dentro de esta clasificación.
FUNDEMPRESA
¿Qué hace?
Le otorga la Matrícula de Comercio
¿Para qué le sirve?
Para adquirir la calidad de comerciante con reconocimiento legal del Estado para desarrollar sus actividades empresariales
PASOS PARA SU INSCRIPCION FUNDEMPRESA
Unipersonal
Tiene como propietaria a una sola persona quien está a cargo de todas las responsabilidades. El tamaño de la empresa está dado por los aportes que realice.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Conformada por dos o más socios en la que todos son responsables de las obligaciones de acuerdo al monto de sus aportes de capital. No debe tener más de veinticinco socios.
Sociedad Colectiva
Conformada por dos o más socios en la que todos son responsables de las obligaciones en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada según el monto de sus aportes.
Sociedad en Comandita Simple
Es una empresa conformada por uno o más socios que sólo responden con el capital que se obligan a aportar, y por uno o más socios que responden por las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada, hagan o no hagan aportes al capital social.
Sociedad Anónima
Conformada por dos o más socios en la que las responsabilidades se limitan de acuerdo a la cantidad de acciones de cada socio.
Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.)
Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.) Es una empresa conformada por dos o más personas denominadas “socios”. Sus socios se hacen responsables de las obligaciones sociales de la empresa de forma subsidiaria, solidaria ilimitada según la cantidad de acciones con que cuente cada uno de ellos. Sólo los aportes de los socios comanditarios se representan por acciones.
Sociedad Económica Mixta
Es una empresa conformada por alguna institución pública (dependiente del Estado) y por una empresa privada para la realización de actividades de interés colectivo o la implantación, el fomento o el desarrollo de actividades industriales, comerciales o de servicios. La responsabilidad de ambas partes está limitada a los aportes efectuados y compromisos establecidos al momento de la constitución de la empresa mixta
Asociación Accidental
Se caracteriza por el contrato de asociación accidental o de cuentas en participación, en la que dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno, dos, tres o hasta todos los asociados, según se convenga en el contrato.
SERVICIO NACIONAL DE IMPUESTOS NACIONALES
¿Qué hace?
Inscribe al Padrón Nacional de Contribuyentes para la obtención del NIT que es el número de identificación tributaria
¿Para qué le sirve?
Para estar registrado y poder funcionar legalmente
REQUISITOS PARA CADA UNO DE LOS REGIMENES
REGIMEN GENERAL
Requisitos para personas naturales
1, Documento de Identidad. En original y fotocopia
2. original y fotocopia de Facturas o prefecturas de consumo de Energía eléctrica del domicilio donde desarrolla su actividad económica y del domicilio habitual
3. Registro en Fundempresa
Requisitos para Personas Jurídicas (Sociedades, Asociaciones Cooperativas, ONG y otros)
1. Escritura de Constitución de Sociedad, Ley, Decreto, Resolución o Contrato, según corresponda Fuente de mandato del Representante Legal (Poder, Acta de Directorio, Estatuto o Contrato) y Documento de Identidad vigente.
2. Facturas o prefacturas de consumo de energía eléctrica que acrediten el número de medidor del domicilio habitual del representante legal, domicilio fiscal y sucursales (si corresponde) donde desarrolla su actividad económica.
3. Registro en Fundempresa
Para Sucesión Indivisa
1. Certificado de Defunción original.
2. Poder que acredite al Representante Legal o Apoderado (original o fotocopia legalizada).
3. Documento de Identidad original del Representante Legal o Apoderado
REGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO
“Pertenecen todas las personas que realicen con carácter habitual actividades de: ARTESANOS, COMERCIANTES MINORISTAS Y VIVANDEROS
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