Clasificación Del Derecho
Enviado por YICB1 • 7 de Abril de 2014 • 1.091 Palabras (5 Páginas) • 232 Visitas
EL DERECHO
Derecho Objetivo:
En su sentido objetivo, es un conjunto de normas que rige obligatoriamente la vida humana en sociedad. Mouchet y Zorraquín nos dicen que en este sentido el derecho constituye un conjunto de normas que rige obligatoriamente la vida humana en sociedad. Es entonces, el conjunto de normas jurídicas que rige el territorio de nuestro país, o que, constituye la rama destinada a regular las relaciones mercantiles o que gobierna la vida familiar. García Máynez también nos dice que es el conjunto de normas. Todos los autores consultados coinciden en que el derecho objetivo es un conjunto de normas.
Derecho subjetivo:
Mouchet y Zorraquín nos dicen que el derecho en este sentido consiste en la facultad que tiene cada uno para obrar en cierto modo frente a los demás y ese conjunto de facultades es lo que se llama derecho subjetivo. La facultad deriva siempre de la norma que la reconoce y, a la inversa, la norma carecería de aplicación efectiva si no hubiera sujetos capaces de ponerla en ejercicio. Para García Máynez, el derecho subjetivo es una función del objetivo. Se utiliza la palabra derecho (subjetivo) para expresar la facultad que un sujeto tiene que determinar normativa e impositivamente la conducta de otro, es decir, para exigir de otro una determinada conducta. El derecho subjetivo es el conjunto de facultades que tiene cada uno para obrar en cierto modo frente a los demás. Según Recaséns Siches existen tres figuras importantes del derecho subjetivo. La primera figura de derecho subjetivo tiene como término correspondiente la obligación o el deber de otras personas de abstenerse de cualquier comportamiento que pueda interferirse con la facultad del sujeto titular del derecho subjetivo. Tiene como objeto o contenido una conducta propia del sujeto titular de la facultad. Los derechos subjetivos cuyo contenido consiste en el reverso material de los deberes jurídicos de otras personas suelen ser derechos contra todos. Existen por el contrario los derechos de la segunda figura. Éstos no se refieren al propio comportamiento sino al de otra persona. Son comúnmente llamados derecho como pretensión. Son derechos que valen frente a una o varias personas determinadas, tales como los derechos de crédito. Esta distinción se aplica no sólo al Derecho privado, sino también al Derecho público. Esta segunda figura consiste en la situación que, por virtud de la norma ocupa una persona en una relación jurídica, de tener a su disposición la facultad de exigir de otra persona el cumplimiento de un deber jurídico, valiéndose del aparato coercitivo del Derecho. Es decir, es exigir el derecho. La tercera figura del derecho subjetivo es el poder de formación jurídica. Éste consiste en la facultad que la norma atribuye a una persona de determinar el nacimiento o contribuir al nacimiento, o de determinar o de contribuir a la modificación o a la extinción de unas ciertas relaciones jurídicas. En este sentido, se dice: que el propietario de una cosa tiene derecho de donarla, venderla, gravarla; que el acreedor tiene el derecho de traspasar su crédito a otra persona, etc. En todos estos casos la expresión derecho subjetivo se toma en el sentido de poder jurídico. En tales casos, los actos del titular son un elemento productor de normas jurídicas.
División del Derecho objetivo y subjetivo: Derecho público y Derecho privado:
La distinción entre Derecho privado y público es el eje en torno del cual gira la jurisprudencia técnica, en su aspecto sistemático. Pertenecen al público los derechos constitucional, administrativo,
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