Clausulas maritimas
Enviado por Vjle6 • 7 de Septiembre de 2020 • Apuntes • 725 Palabras (3 Páginas) • 151 Visitas
EL SEGURO MARITIMO
Es el más antiguo y responde a la necesidad del hombre de ponerse a cubierto de los riesgos que no se pueden prever y que finalmente pueden disminuir su patrimonio. El Seguro marítimo esta directamente relacionado con los riesgos marítimos.
Los riesgos marítimos son los estrictamente ligados al mar o a la navegación y sus riesgos adicionales que puedan dañar las especies comprometidas. Por lo tanto que puedan afectar a :
1. La nave o artefacto naval, accesorios u objetos móviles cualesquiera sea el lugar en que se encuentren, incluso en construcción.
2. A las mercancías o cualquier clase de bienes que puede sufrir riesgos de transporte marítimo, fluvial o lacustre.
3. Valor del flete y desembolsos en que incurra quien organiza una expedición marítima.
Objetivos del Seguros Marítimo:
El objetivo es el de indemnizar al asegurado la pérdida o daño que pueda sufrir la cosa asegurada por los riesgos de una aventura marítima. También son considerados:
• La nave en el puerto
• Las condiciones del tiempo
• Los incendios
• Acciones de piratas, ladrones , asaltantes
• Capturas, naufragio, Varamiento , abordajes
• Apresamiento, saqueos, requisamientos por la autoridad marítima.
En todo caso las partes pueden agregar al contrato otros riesgos que pueden correr las cosas aseguradas. Es decir se puede solicitar un seguro a la medida.
CLÁUSULAS DE CARGAMENTO “A”, “B” Y “C”
Estas Cláusulas dicen relación con los riesgos de mayor incidencia para el tipo de mercancías a transportar.
El surgimiento de estas cláusulas tiene su fundamento en que asegurar todos los riesgos es demasiado oneroso.
Las Compañías aseguradoras poseen estadísticas de siniestros que pueden orientar a quien va a contratar un seguro.
Chile aplica las denominadas Cláusulas Chilenas de Cargamento A,B yC, emitidas en 1983 por la Superintendencia de seguros y valores.
Las condiciones del seguro se denominan cobertura.
CLAUSULA “A” ALL RISK CONTRA TODO RIESGO
Es la cobertura más amplia y de mayor costo, en todo caso, no por el hecho de ser llamada contra todo riesgo implica que cubra todo, ya que también tiene sus exclusiones. Esta Cláusula responde entre otros por:
• Incendio y explosión
• Encallamiento o Varamiento
• Hundimiento, zozobra
• Colisión, contacto de la nave con objeto extraño (excepto el agua)
• Descarga forzada en otro puerto
• Echazón o barrido de cubierta
• Terremoto o erupción
• Entrada de agua de mar, lago o río en la bodega
• Pérdida total de cualquier bulto que se caiga o se desprenda
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