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Colaboradores del empresario. Derecho Mercantil.


Enviado por   •  29 de Febrero de 2016  •  Práctica o problema  •  392 Palabras (2 Páginas)  •  318 Visitas

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CASOS PRÁCTICOS: COLABORADORES DEL EMPRESARIO

1.-¿Qué carácter tiene D.Pablo Sánchez? Razone la respuesta.

D.Pablo Sánchez entrará en el grupo de los apoderados singulares, ya que trabaja como mancebo

(más que como dependiente) en un gran almacén abierto al público y, por tanto, sus poderes son más

restringidos.

2.- ¿Puede D. Juan devolver la harina adquirida de más? ¿Podrá rechazar los pedidos de las

empresas?

A pesar de que Dña. Rosa se ha excedido en sus poderes y no es posible soportar las unidades

extras, D.Juan no se encuentra inscrito en el Registro Mercantil, por lo que no puede realizar ningún

reclamo y deberá quedarse con la mercancía de más.

3.- Explique el carácter de cada uno de estos colaboradores de D. Alfredo.

Los primeros serían apoderados singulares, los que entendemos por dependientes o mancebos, que

ejercen su actividad normalmente dentro del establecimiento, teniendo una relación directa con el

empresario.

Los segundos son los que se conoce como representantes de comercio, agentes o viajantes, los

cuales promueven de manera estable operaciones mercantiles relativas al tráfico de la empresa fuera

del establecimiento.

- D. Alfredo quiere saber si, en caso de constituir una sociedad, existirían otras posibilidades de

expansión diferentes.

PROPIEDAD INDUSTRIAL: DERECHO DE MARCAS

•¿Qué argumentos podrían esgrimir estas dos sociedades para defender su derecho a la marca?

La marca “Puma” podría defender su marca escudándose en la posible confusión que sufrirían los

clientes, llegando a relacionar la marca deportiva con la de cosméticos, añadiento además que sería

ventajoso para la otra empresa.

La marca “Feltor” lo rebatiría diciendo que es imposible que ambas marcas sean relacionadas ya que

es bastante obvio que se dirigen a públicos diferentes.

•¿Quién tiene razón?

Según el artículo nº8 de la Ley de Marcas, existe una protección hacia las marcas renombradas que

integra todo tipo de productos (sea cual sea el género), actividades y servicios; por lo tanto, la marca

“Puma” tiene razón.

•¿Qué motivo tiene Destilerías Viana, S.A?

Demanda a Destilerías San Fermín, S.A por registrar con una palabra de origen vasco uno de sus

productos, algo que está prohibido ya que no se permite indicar la procedencia geográfica del producto

o servicio en el comercio.

•¿Quién tiene razón?

Tendría razón Destilerías Viana, S.A porque, efectivamente, la ley así dispone lo anteriormente

mencionado.

•¿Prosperará la demanda?

Debido a que “Canal Ocho, S.A” presentó la solicitud de registro días antes que D.Carlos Robles, a

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