Como avanza un El juicio oral en el nuevo sistema de justicia penal
Enviado por ggarciag • 31 de Julio de 2017 • Trabajo • 1.024 Palabras (5 Páginas) • 335 Visitas
[pic 1]
Fundamento del nuevo proceso penal. Modulo V. Juicio Oral.
Tipo de Actividad.- reporte de lectura.
Alumno:
.
Instructores:
Monterrey nuevo león 17 de Junio del 2015
Índice.
1.- Introducción.--------------------------------------------------------------------------------------- 3.
2.- Conceptos, correlación, diferencias y objetivos. ---------------------------------------- 4, y 5.
3.- Conclusión. --------------------------------------------------------------------------------------- 6.
Introducción.
En el presente reporte de lectura analizaremos los conceptos de deliberación, fallo, y sentencia, sus diferencias, así como en lo que consiste la valoración de la prueba y los objetivos de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño.
Podremos notar la relación que conlleva cada una de ellas de manera cronológica y como son de vital importación dentro del Nuevo Sistema Panal en México.
Conceptos
EL concepto de deliberación, fallo y sentencia, así como la valoración de la prueba van relacionado a tal grado que cada uno de estos es necesario para la decisión correcta que tome el tribunal de juicio oral, derivado de que es de vital importancia valorar la prueba para poder deliberar sobre el fallo que se llegue a pronunciar, ya sea condenatorio o absolutorio y a su vez poder dictar sentencia.
Deliberación Artículo 400. Inmediatamente después de concluido el debate, el Tribunal de enjuiciamiento ordenará un receso para deliberar en forma privada, continua y aislada, hasta emitir el fallo correspondiente. La deliberación no podrá exceder de veinticuatro horas ni suspenderse, salvo en caso de enfermedad grave del Juez o miembro del Tribunal. En este caso, la suspensión de la deliberación no podrá ampliarse por más de diez días hábiles, luego de los cuales se deberá reemplazar al Juez o integrantes del Tribunal y realizar el juicio nuevamente.
Emisión de Fallo Artículo 401. Una vez concluida la deliberación, el Tribunal de enjuiciamiento se constituirá nuevamente en la sala de audiencias, después de ser convocadas oralmente o por cualquier medio todas las partes, con el propósito de que el Juez relator comunique el fallo respectivo.
Sentencia término utilizado para hacer referencia al fallo dictado por un tribunal o un uez a la declaración que deriva de un proceso judicial, la cual consiste en resolución de carácter jurídico que permite dar por finalizado una contienda, la cual pude ser de dos tipos: condenatoria o absolutoria.
Las cual deberá de ser explicada en audiencias públicas previa citación de las partes, como lo señala el artículo 17 Constitucional.
Diferencias:
La deliberación es el debate que realiza el tribunal de enjuiciamiento según las pruebas desahogadas entre las partes con las cuales podrán decidir sobre la culpabilidad o inculpabilidad del acusado.
El fallo es todo razonamiento concreto y fundamentado que el tribunal decide absolver o condenar, y es una parte que queda plasmada dentro de la sentencia
La sentencia, es la resolución utilizada para hacer al fallo dictado por un tribunal y a la declaración que deriva de un proceso judicial, la cual permite dar por finalizado una contienda.
...