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Comparación de la autoridad marítima entre Perú y Brasil


Enviado por   •  4 de Junio de 2017  •  Monografía  •  5.085 Palabras (21 Páginas)  •  158 Visitas

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I.        INTRODUCCIÓN

Tanto el Perú como Brasil son países marítimos, fluviales y lacustres, su ubicación central en América del Sur, favorece su posición de nudo natural de comunicaciones terrestres, ferroviarias, marítimas y aéreas, facilitando el tráfico comercial y turístico recíproco en toda la región, constituyéndose en un pivote y centro estratégico para las comunicaciones terrestres, ferroviarias, fluviales, marítimas y aéreas de esta parte de América.

El transporte en el medio acuático en el Perú se realiza en más de tres mil kilómetros de litoral y diez mil kilómetros de ríos navegables, el 47.2% del movimiento de naves se realiza en el medio fluvial y 52.8% en el medio marítimo, en las costas del Perú se inician las principales rutas del comercio entre los continentes de América y Asia, y al Océano Atlántico por medio del Canal de Panamá y el Estrecho de Magallanes.

Por parte de Brasil, este país tiene un litoral con una longitud de 7,491 km, convirtiéndola en el puesto 15 de países con litorales más largos del mundo, y asimismo tiene las redes fluviales más amplias, diversas y extensas del mundo, sin embargo por sus características (presentan cascadas y cataratas) son utilizados en su mayoría para la generación de energía eléctrica y el riego artificial, y otros son utilizados para la navegación, la pesca y la extracción de minerales.

Lastimosamente, las vías marítimas, fluviales y lacustres son utilizados el tráfico ilícito de recursos renovables (madera, pesca, y fauna silvestre), y recursos no renovables (hidrocarburos y productos mineros), así como vías para las amenazas delictivas y terroristas que no honran las fronteras nacionales.

Las extensiones marítimas de ambos países generan la necesidad de contar con autoridades que administren y regulen las actividades desarrolladas en estas zonas, para lo cual el presente trabajo llevará a cabo la comparación de  las organizaciones, así como los recursos de ambas autoridades marítimas.

  1. SITUACIÓN

II.1        AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL (REPÚBLICA DE PERÚ)

III.1.1        CONCEPTO

La Ley de la Marina de Guerra[1] establece en el numeral (7) de su artículo 4º que es función de la Marina de Guerra del Perú ejercer a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas la autoridad marítima, fluvial y lacustre a nivel nacional, en el ámbito que le confiere la ley.

La citada norma en su artículo 20º establece que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas es el órgano que administra, norma y ejerce control y vigilancia sobre las áreas acuáticas, las actividades que se desarrollan en el medio marítimo, fluvial y lacustre, las naves y artefactos navales; ejerce funciones de policía marítima, fluvial y lacustre, en cumplimiento de las normas nacionales e instrumentos internacionales de los que el Perú es parte, con el fin de velar por la seguridad de la vida humana en el mar, ríos y lagos navegables, la protección del medio ambiente acuático, y reprimir las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción.

El Decreto Ley Nro. 17824 de fecha 23 de setiembre de 1969[2]; crea el Cuerpo de Capitanías y Guardacostas bajo la autoridad del Director de General de Capitanías y Guardacostas, para ejercer las funciones de policía marítima, fluvial y lacustre; de control de vigilancia del litoral; del tráfico acuático en las aguas jurisdiccionales, así como el control y protección de los recursos y riquezas naturales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 781 de 01 agosto 1947, en la Declaración sobre Zona Marítima y convenios internacionales suscritos para esos fines, y en general controlar y vigilar  toda actividad que se desarrolle en el ámbito acuático.

II.1.2        MISIÓN

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas ejerce la Autoridad Marítima, Fluvial y Lacustre, y es responsable de normar y velar por la seguridad de la vida humana, la protección del medio ambiente y sus recursos naturales así como reprimir todo acto ilícito; ejerciendo el control y vigilancia de todas las actividades que se realizan en el medio acuático, en cumplimiento de la ley y de los convenios internacionales, contribuyendo de esta manera al desarrollo nacional.

II.1.3        VISIÓN

Ser reconocida a nivel nacional e internacional como la Autoridad Marítima, Fluvial y Lacustre, líder en el control y vigilancia de las actividades que se realizan en el medio acuático, mediante una gestión moderna y eficiente al servicio de todos los usuarios, que garantice un ambiente acuático sostenible de seguridad y protección para su desarrollo

II.1.4        ORGANIZACIÓN

La Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para el ejercicio  de sus funciones, cuenta con CINCO (5) Distritos de Capitanías, DIECINUEVE (19) Capitanías de Puerto, cuya relación se detalla en el Anexo (1), CINCUENTA Y TRES (53) Puestos de Control de Capitanías y Unidades Guardacostas[3].

Los Jefes de los Distritos de Capitanías son las Autoridades Marítimas, Fluviales y Lacustres a nivel regional y los Capitanes de Puerto a nivel local. Los Puestos de Control de Capitanía son órganos dependientes de las Capitanías de Puerto, ubicados en los puertos y caletas cuya actividad lo justifique, y a través de los cuales se ejerce las funciones de control y vigilancia de las actividades acuáticas[4].

Asimismo, dentro de su organización cuenta con la Dirección de Hidrografía y Navegación, la misma que incluye sus dependencias subordinadas y Unidades Hidrográficas.

II.1.5        MEDIOS

  • 01 Patrullera Oceánica
  • 11 Patrulleras Marítimas (cuya relación se detalla por anexo (2))
  • 24 Patrulleras de Costa
  • 16 Patrulleras Fluviales
  • 42 Lanchas de Interdicción Ribereña
  • 4 Unidades de Control Fluvial
  • Grupo de reacción inmediata
  • SIMTRAC (Sistema de Información y Monitoreo del Tráfico Acuático):

Herramienta de control y vigilancia que agrupa y asocia sistemas de monitoreo de naves, ayudas a la navegación y de gestión, el cual permite obtener información del tráfico acuático y situación estatutaria de las naves, basado en el posicionamiento automático por medios electrónicos, constituyendo un instrumento efectivo de control marítimo, fluvial y lacustre, en navegación,  puertos y fondeaderos nacionales e internacionales.

Este sistema permite reforzar las acciones para combatir actividades ilícitas, protección del medio ambiente y preservación de la vida humana en el ámbito acuático.

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