Concepto De Novación Subjetiva Y Objetiva De La Relación Laboral:
Enviado por kennedeth • 9 de Septiembre de 2014 • 847 Palabras (4 Páginas) • 1.669 Visitas
Concepto de novación subjetiva y objetiva de la relación laboral:
En derecho, se define la novación como la modificación o extinción de una obligación jurídica o transmisión por parte de otra obligación posterior. Si extingue una obligación, es denominada novación propia o extintiva, si modifica esencialmente la obligación preexistente, se la denomina novación impropia o modificativa.
Para el Derecho del Trabajo, la modificación del contrato, subjetiva u objetiva, viene impuesta, las más de las veces, por imperativo legal.
Novación subjetiva:
La novación subjetiva resulta imposible respecto del sujeto trabajador, dado el carácter personalísimo de la prestación laboral, que impide que subsista el contrato por sustitución del trabajador. Pero este carácter personalísimo de la prestación, no se da en la contraprestación que debe el empresario por el contrato de trabajo, que podemos decir que es una prestación perfectamente intercambiable.
Hay novación objetiva cuando el acreedor y el deudor sustituyen la obligación primitiva por otra, con prestación distinta a otra o a título diferente.
Ejemplo: Le presto a José 1500 dólares y este me puede pagar con un pagaré o cheque de gerencia
Concepto de novación objetiva:
La novación objetiva contractual, que afecta al contenido del contrato e implica cambio de las condiciones de trabajo, tiene abiertas, aun con restricciones, mayores posibilidades en el campo de las relaciones laborales. Así, siempre que el objeto sea lícito y, sin que en ningún caso puedan establecerse, en perjuicio del trabajador, condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos, caben acuerdos modificativos ente las partes de las condiciones del contrato de trabajo.
Por cambio del acreedor y por cambio del deudor.
Se requiere el acuerdo entre el acreedor que se sustituye y es sustituido y el asentimiento del deudor.
Ejemplo: Gerónimo le pide a Yarmas que le preste 500 soles el treinta de octubre, llega el treinta de octubre y Yarmas va a Gerónimo y le dice que no le puede prestar, pero que tiene un amigo llamado Gandarillas que le puede prestar dicho dinero.
Concepto de la suspensión de la relación laboral
Durante la relación de trabajo pueden darse situaciones que la suspenden, la relación queda interrumpida pero no terminada, no se corta el vínculo jurídico con el patrono, el trabajador deja de prestar el servicio y el patrono deja de pagar el salario. En algunos casos no se interrumpe la antigüedad o el tiempo de servicios.
Tiene lugar cuando se ejecutan actos que imposibilitan físicamente la presencia del trabajador en el centro de trabajo.
ART. 93 LOT La suspensión de la relación de trabajo no pondrá fin a la vinculación jurídica existente entre el patrono y el trabajador.
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