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Concepto: Es la rama del derecho público interno que se refiere al delito y a las consecuencias que este acarrea, la más frecuente es la pena.


Enviado por   •  16 de Enero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  332 Palabras (2 Páginas)  •  260 Visitas

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Tema 1: El ordenamiento jurídico

Concepto: Es la rama del derecho público interno que se refiere al delito y a las consecuencias que este acarrea, la más frecuente es la pena.

CARACTERES

  1. Público: porque el Estado es el titular exclusivo y excluyente del Derecho Penal Subjetivo, porque sólo el puede describir los delitos, establecer las sanciones y aplicárselas a los delincuentes.
  2. Finalista o teleológico: no se limita a hacer una especulación teórica, sino que trata de realizar ciertos fines en la convivencia social:
  • Trata de crear un Estado de paz mediante la limitación más enérgica en materia jurídica, la privación de la libertad individual.
  • Proteger los intereses del individuo, de la sociedad del Estado.
  • Se propone, mediante el principio de legalidad, crear un Estado de seguridad jurídica.
  1. Valorativo: Poruqe realiza una labor de evaluación de las acciones humanas, porque señala el valor de los actos que se realizan en la vida real.
  2. Garantizador: trata de asegurar, en lo posible, la integridad de los bienes jurídico fundamentales, tanto individuales como sociales.
  3. Cultural: ya que es una ciencia del deber ser.
  4. Normativo: porque el fenómeno delictivo, puede estudiarse desde diferentes puntos de vista: Uno a través del delincuente, mediante el examen y determinación de las causas, factores físicos, psíquicos, sociales, etc., que pueda inducir a una persona a cometer delitos, labor propia de la criminología. Y tomando en cuenta la frecuencia con que se cometen los delitos en un país.
  5. Sancionador: establecer la consecuencia de realizar algún acto delictivo.
  6. Es un sistema discontinuo de ilicitudes: no todo acto antijurídico es delito y no todo acto antijurídico determina sanciones. En virtud del principio de legalidad, los únicos actos delictivos, son los que acarrean sanción penal porque están descritos en la ley penal.
  7. Personalísimo: la pena sólo debe aplicarse al delincuente y no a otra persona.
  8. Es regulador externo de la conducta humana: porque los deseos, intenciones, pensamientos criminales, etc., por ardientes que sean mientras no sean exteriorizados, no constituyen delito, y en consecuencia, no engendran sanciones penales.

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