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Conceptos De Ley Natural Y Norma


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  1.302 Palabras (6 Páginas)  •  432 Visitas

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1. Juicios enunciativos y juicios normativos

El Derecho ha sido, para los autores que han decidido abordarlo, difícil de conceptualizar por la determinación del carácter normativo o enunciativo de sus preceptos, los cuales se sabe que se refieren a la actividad humana. Para poder comprender la magnitud del concepto de Derecho, debemos comprender qué es una norma. La palabra norma tiene dos sentidos: uno amplio (lato sensu), toda regla de comportamiento, obligatoria o no, y uno estricto (stricto sensu) el cual corresponde a la que impone deberes o confiere derechos. Las reglas prácticas cuyo cumplimiento es potestativo se llaman reglas técnicas. Las normas son las que tienen carácter obligatorio o son atributivas de facultades, estas imponen deberes o conceden derechos, mientras los juicios enunciativos se refieren siempre, como su denominación lo indica, a lo que es. Los juicios enunciativos divídanse en verdaderos y falsos. En relación con las normas no se habla de verdad o falsedad, sino de validez o invalidez. Las verdades empíricas a que alude el autor de la Monadología son los juicios sintéticos a posteriori de que hablaba Kant, y las necesarias coinciden con las proposiciones analíticas y sintéticas a priori del pensamiento de Koenigsberg.

2. Concepto de Ley Natural

Las leyes naturales son juicios enunciativos que expresan relaciones constantes entre fenómenos. Toda ley enseña según la fórmula de Helmholtz, que “a determinadas condiciones, que en cierto respecto son iguales, se hallan siempre unidas determinadas consecuencias, que en otro cierto respecto también son iguales”. La misma idea se expresa desciendo que las leyes físicas indican relaciones de tipo causal. Entre dos sucesos hay un nexo de causalidad cuando, al presentarse el primero, en las condiciones que la ley enuncia, no puede el segundo dejar de ocurrir.

3. Normas de conducta y leyes naturales

Entre las leyes físicas y las normas de conducta existen las siguientes diferencias:

a) La finalidad de la ley natural es la explicación de las relaciones constantes entre fenómenos; el fin de las normas, provocar un comportamiento. Los principios científicos tienen un fin teórico; el de los juicios normativos es de orden práctico. Las leyes de la naturaleza no deben de ser confundidas con las relaciones que expresan. No son enlaces entre hechos, sino fórmulas destinadas a explicarlos. Las leyes naturales refiérense indefectiblemente a lo que es, mientras que las normas estatuyen lo que debe ser.

b) Las leyes naturales implican la existencia de relaciones necesarias entre los fenómenos, estas anuncian relaciones constantes, procesos que se desenvuelven siempre del mismo modo. El supuesto filosófico de toda norma es la libertad de los sujetos a quienes obliga. Las normas no se cumplen de manera ineluctable; los juicios normativos perderían su significación propia si las personas cuya conducta rigen no pudiesen dejar de obedecerlos. Toda norma hállase necesariamnete referida a seres libres, es decir, a entes capaces de optar entre la violación y la obedencia. Con razón se ha escrito que si los destinatarios de un imperativo lo acatasen fatalmente, dejaría de ser regla de conducta, para transfromarse en ley de la naturaleza.

c) Una ley natural es válida cuando las relaciones a que su enunciado se refiere ocurren realmente. Para que las leyes físicas tengan validez es indispensable que los hechos las confirmen. Las llamadas “leyes estadísticas” son leyes en sentido impropio, por su mismo carácter contingente. Las normas son válidas cuando exigen un proceder obligatorio. Tomando en cuenta que la obligatoriedad tiene sentido de acuerdo a la idea de valor. Mientras que la validez de las leyes físicas se halla supeditada a lo empírico, las normas ideales de la religión y la moral valen independientemente de la experiencia. En la órbita de nuestra disciplina tendremos, pues, que distinguir el criterio formal de validez, relativo a las condiciones de elaboración de cada precepto, y el criterio material, exclusivamente referido al valor intrínseco de las distintas normas. La positividad de las normas es por esencia contingente, ya que las personas cuya conducta rigen, como seres dotados de albedrío, son capaces de violarlas.

4. Concepto del deber

Se dice que: todo deber es deber de alguien. Lo anterior se

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