Conceptos básicos De Legislación De Prevencion
Enviado por Claudio • 30 de Abril de 2015 • 976 Palabras (4 Páginas) • 180 Visitas
Conceptos Básicos de Legislación
Claudio Antonio García Pereira
Legislación en Prevención
Instituto IACC
28 de abril de 2015
El trabajador Sr. Marco del Pino Cuadrado siempre ha desarrollado labores en el área de la construcción como maestro pintor. Casado con la Sra. Ingrid Morales, es padre de 4 hijos, todos ellos menores de edad (cargas familiares del trabajador), además su sueldo imponible mensual alcanza la suma de $ 400.000. El trabajador sufre un accidente laboral incapacitante con un 75% de lesión física, sin dependencia de un tercero.
Responda:
¿Cuál será la prestación económica que el trabajador recibirá? Fundamente su respuesta en base al cálculo, tomando como referencia las tablas expuestas en el contenido de la semana.
Desarrollo
En virtud del caso y antecedentes expuestos para este control, es necesario considerar la siguiente información para dar respuesta a lo planteado:
a) Se manifiesta que el señor Marcos del Pino Cuadrado, sufre un accidente laboral incapacitante con un 75 % de lesión física.
b) Que es casado con la Sra. Ingrid Morales y padre de 4 hijos, todos ellos menores de edad y cargas familiares del trabajador.
c) Que su sueldo imponible mensual alcanza la suma de $ 400.000.
Con los antecedentes expuestos y que se relacionan al señor Marcos del Pino Cuadrado, podemos concluir lo siguiente:
En el control de esta semana se plantea la siguiente consulta “¿Cuál será la prestación económica que el trabajador recibirá?, además se solicita se fundamente respecto a la información y antecedentes aportados por el profesor.
Conclusión:
a) Respecto al accidente laboral que sufrió el señor Marcos del Pino Cuadrado, lo que lo dejo con un 75% de lesión física, ella es considerada como INVALIDEZ TOTAL.
Lo anterior de fundamenta en lo siguiente:
En la ley 16.744, en su artículo 27° establece una clasificación para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, lo cual se desprende de la siguiente forma: (1)“Para el otorgamiento de las prestaciones pecuniarias, los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se clasifican en las siguientes categorías, según los efectos que produzcan:
1.- Que producen incapacidad temporal;
2.- Que producen invalidez parcial;
3.- Que producen invalidez total;
4.- Que producen gran invalidez, y
5.- Que producen la muerte.”
Por otro lado y considerando la clasificación del las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, el artículo 39°, ins. 1° del mismo cuerpo legal citado (ley 16.744), establece el % de incapacidad que sufra el trabajador para que ella sea clasificada de una u otra forma, por lo que el articulo en comento lo señala el % de la siguiente forma: (2)“Se considerará inválido total a quien haya sufrido una disminución de su capacidad de ganancia, presumiblemente permanentemente igual o superior a un 70%”.
Por tanto; de acuerdo al 75% de lesión
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