Conciliación
Enviado por • 9 de Enero de 2015 • 1.416 Palabras (6 Páginas) • 183 Visitas
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Cuando se habla de métodos de solución de conflictos, obliga a admitir que el conflicto es inherente a la interacción humana, que está en personas de todas partes y todas las edades, en todos los entornos socioeconómicos, en las relaciones personales o grupales, se encuentra en oficinas, aulas, vecindades; en congresos, reuniones públicas o privadas; por eso no se deja de pensar que existe en donde se encuentran dos o más personas. Es un hecho básico de la vida y una oportunidad constante para aprender.
En principio, parece extraño que se afirme que “el conflicto es la esencia de la vida”, pero deja de serlo cuando se comprende que únicamente donde no hay vida no hay conflictos y para eso la resolución de conflictos es importante tener una orientación hacia cada tolerancia, la cooperación y colaboración junto con el manejo de técnicas de comunicación y de pensamiento que faciliten y no impidan este proceso, La resolución de conflictos se refiere tanto a la superación de los obstáculos que se presentan, como a los procesos que implican los caminos que conducen a la satisfacción de las necesidades: de acuerdos y desacuerdos, los medios de justicia participativa, como la mediación y la conciliación en la evolución de los métodos de resolución de conflictos, ha resultado determinante, porque agiliza la conclusión de los juicios y donde son los propios protagonistas, los que retoman su capacidad negociadora, y nos permite solucionar inteligentemente las controversias, En la actualidad, la justicia se aplica ejercitando el poder a través del Derecho, respetando la esfera de derechos de las personas, no solamente individuales sino colectivas, armonizando la función del Estado y de los derechos sociales. Con las modalidades a tiempo y circunstancias sociales es aplicable a nuestra actualidad para buscar la justicia porque: La justicia parece ser una especie de igualdad, a no ser que el proverbio que dice “amistad es igualdad” fuere falso. Todas las constituciones son forma particular de justicia, porque una constitución es asociación, y toda asociación se basa en la justicia, de manera que sea cual fuere el número de las especies de amistad habrá las mismas en cuanto a la justicia y la asociación.
Sin embargo para que exista la multicitada paz social y estado de derecho, es indispensable la intervención del poder coercitivo del Estado para respetar y hacer respetar las leyes. Y aunque estas corrientes no especifican a que delitos se le denomina de poca ofensa social recordemos que: Se da el nombre de delitos a ciertas acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya comisión hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas como penas.
En el Derecho Mexicano el delito es una acción antijurídica, típica, culpable y sancionada con una pena, el delito representa un ataque directo a los derechos del individuo como en su integridad física, en su honor o su propiedad, pero atenta siempre, su forma mediata o inmediata, contra los derechos del cuerpo social.
Otra razón importante de la justificación del Derecho Penal es la protección del bien jurídico en todos los sentidos y no minimizar la intervención judicial en los conflictos; ya que si éstos llegan a esas instancias, es a través de ellos que se implementan los medios o instrumentos alternativos de solución de conflictos para su resolución y lo más importante su sanción, ya que en algunos casos de faltas o delitos “no graves” se pueden resolver en un momento determinado entre particulares, pero finalmente debe ser sancionado por alguna autoridad competente. Si no de otra manera estaríamos al margen de la ley.
La mediación: entendido como el procedimiento no adversario en el que un tercero neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado recíprocamente aceptable.
El arbitraje: está contemplado en la legislación de todos los países de la muestra y con la misma comprensión: las partes de común acuerdo someten sus controversias futuras y presentes al conocimiento de árbitros o tribunales de arbitraje, el ámbito de aplicación del arbitraje está generalmente referido a asuntos susceptibles de transacción, de carácter patrimonial, y en materias de carácter civil y comercial. En algunas legislaciones se incluyen también casos y conflictos laborales (negociaciones colectivas). También se observa la aplicación del arbitraje en las relaciones comerciales internacionales,
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