Conciliadores y mediadores tabasco
Enviado por alondra ortiz • 13 de Octubre de 2015 • Práctica o problema • 833 Palabras (4 Páginas) • 248 Visitas
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ACUERDO
NUMERO DE REGISTRO: MED-CEJAP-135/2015
En la ciudad de Villahermosa, Tabasco a las once (11), horas con treinta (30) minutos del día doce (12) del mes de Octubre del año dos mil quince (2015), ante la Facilitadora, la Lic. Alondra Del Carmen Ramirez Ortiz, comparecen en él Órgano Especializado en Mecanismo alternativos De Solución de Controversias en Materia Penal, perteneciente a la Fiscalía General del Estado de Tabasco: Las CC. LUCERITO RODRIGUEZ RIVERA Y LANDI PATRICIA AGUILAR DE LA CRUZ, quienes en su carácter de interesados manifestaron de forma libre y voluntaria lo siguientes:
GENERALES:
- SOLICITANTE:
La C. LUCERITO RODRIGUEZ RIVERA, de nacionalidad: Mexicana, estado civil: Soltera, con ocupación: Empleada, con edad de 24 años, con fecha de Nacimiento 30 de Enero de 1991, originaria del municipio del Centro de Villahermosa, con instrucción escolar de nivel superior, actualmente con domicilio en Calle Aquiles Calderón Marchena Numero 135, colonia las Gaviotas Norte, quien se identifica con la Credencial de Elector número 098274871298, expedida por el Instituto Nacional Electoral.
- INVITADO:
La C. LANDI PATRICIA AGUILAR DE LA CRUZ, de nacionalidad: Mexicana, estado civil: Soltera, con ocupación: Empleada, con edad de 21 años, con fecha de Nacimiento 01 de Agosto de 1994, originaria del municipio de Cárdenas de Villahermosa, con instrucción escolar de nivel media superior, actualmente con domicilio en Calle la poza Numero 206, colonia las Gaviotas Norte, quien se identifica con la Credencial de Elector número 782171283608, expedida por el Instituto Nacional Electoral.
AMBAS PARTES
ÚNICO.- Haber reconocido su personalidad, acudiendo de forma voluntaria a este Órgano Especializado en Mecanismos Alternos, con el fin de llevar a efecto el procedimiento de MEDIACIÓN, con el objeto de atender y resolver un conflicto en materia penal.
ANTECEDENTES
ÚNICO.- Que por medio del oficio número 301/ 2015, signado por la Lic. Tila Hernández De la O, fiscal del Ministerio público de la primera agencia, remite la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, catalogada en el delito de DAÑOS, con fundamento en el artículo 1ro. De la Ley Nacional de Mecanismos alternativos de solución de controversias en Materia Penal, vigente.
CLAUSULAS
PRIMERO.- Las CC. LUCERITO RODRIGUEZ RIVERA y LANDI PATRICIA AGUILAR DE LA CRUZ, se comprometen a respetarse mutuamente en lo presente y futuro.
SEGUNDO.- La C. LANDI PATRICIA AGUILAR DE LA CRUZ, se compromete a dar la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) a la C. LUCERITO RODRIGUEZ RIVERA, por concepto de los daños ocasionados en su agravio, consistente en: un golpe en la parte trasera derecha del vehículo, marca JETTA, modelo 2009, Color Rojo, con serie número 09987197687913.
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