ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Consejo de Seguridad Nacional


Enviado por   •  2 de Julio de 2014  •  Tesis  •  745 Palabras (3 Páginas)  •  293 Visitas

Página 1 de 3

Consejo de Seguridad Nacional

Introducción

En el siguiente trabajo hablaremos de el Consejo de seguridad Nacional, con el objetivo de profundizar en lo que es, cuáles son sus funciones y su importancia para el país.

¿Qué es el Consejo de Seguridad Nacional?

El Consejo de Seguridad Nacional es un organismo asesor del Presidente de la Republica, su función esencial es cooperar con la seguridad nacional. Fue creado por la Constitución Política de 1980, bajo el gobierno del Dictador General Augusto Pinochet

Su principio está regulado en el Capitulo XII de la Constitución Política de la Republica de Chile en los artículos 106 y 107:

- Artículo 106: Habrá un Consejo de Seguridad Nacional encargado de asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas a la seguridad nacional y de ejercer las demás funciones que esta Constitución le encomienda. Será presidido por el Jefe del Estado y estará integrado por los Presidentes del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Corte Suprema, por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, por el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República. En los casos que el Presidente de la República lo determine, podrán estar presentes en sus sesiones los ministros encargados del gobierno interior, de la defensa nacional, de la seguridad pública, de las relaciones exteriores y de la economía y finanzas del país.

- Artículo 107: El Consejo de Seguridad Nacional se reunirá cuando sea convocado por el Presidente de la República y requerirá como quórum para sesionar el de la mayoría absoluta de sus integrantes .El Consejo no adoptará acuerdos sino para dictar el reglamento a que se refiere el inciso final de la presente disposición. En sus sesiones, cualquiera de sus integrantes podrá expresar su opinión frente a algún hecho, acto o materia que diga relación con las bases de la institucionalidad o la seguridad nacional. Las actas del Consejo serán públicas, a menos que la mayoría de sus miembros determine lo contrario. Un reglamento dictado por el propio Consejo establecerá las demás disposiciones concernientes a su organización, funcionamiento y publicidad de sus debates.

La seguridad nacional está referida a medidas encaminadas a garantizar la estabilidad institucional, la paz interior del Estado y la seguridad exterior del país.

¿Quién integra el Consejo de Seguridad Nacional?

Este organismo es presidido por el Presidente de la República e integrado por los presidentes del Senado, Cámara de Diputados y Corte Suprema, por los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, el General Director de Carabineros y por el Contralor General de la República. A sus sesiones también pueden asistir, si el Presidente de la República los convoca, los ministros de Interior, de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com