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Contabilidad


Enviado por   •  25 de Enero de 2012  •  1.841 Palabras (8 Páginas)  •  426 Visitas

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Introducción

El hombre desde tiempos memorables se ha empecinado en llevar un control exhaustivo de todos los movimientos financieros que se ejecutan en sus pequeñas, medianas o grandes empresas. Por consiguiente, se ha apoyado en diversas formas para lograr su fin.

La contabilidad es de gran importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras. Así obtendrá mayor productividad y aprovechamiento de su patrimonio. Por otra parte, los servicios aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener información de carácter legal.

En la actualidad, el Derecho mercantil se encuentra, en muchos casos, regulado no sólo en el código de comercio, sino en una serie de leyes especiales, debido al proceso denominado descodificador. Sin embargo, existe también cierta tendencia a redecodificar esas normativas especiales en un sólo cuerpo normativo o código.

1.- ¿Qué es el Código de Comercio?

Es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles (el derecho bancario, seguros y reaseguros, concurso de acreedores y quiebra, valores negociables, sociedades, mercado de valores, etc.) El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.

2.- Analice los Artículos del Código de Comercio que rigen la contabilidad

Artículo 32. - Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el Libro Diario, el Libro Mayor y el de Inventarios.

De acuerdo al artículo, se deduce que es obligatorio llevar tres libros: el Libro Diario, el Libro Mayor, el Libro de Inventario, los libros auxiliares son complementarios y los deja a la conveniencia de la empresa. Los Libros obligatorios de la contabilidad reflejan la trayectoria económica de la empresa.

Artículo 33. - El Libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de la mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de la oficina.

Es indispensable que antes de usar el Libro diario y el de inventario se registren legalmente en la jurisdicción respectiva y ante los funcionarios autorizados.

Artículo 34. - En el Libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién es el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar todas las operaciones, día por día.

De este artículo se puede definir al Libro Diario como aquel donde se anotan diariamente y en orden cronológico todos los movimientos comerciales que la empresa realiza anexando los documentos legales que prueban esas transacciones, aquí se evidencia el respeto por el principio de la Partida Doble y la Objetividad.

Artículo 35. - Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio. El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos, así como cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva con la anotación de la respectiva contrapartida. Los inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento del comercio que se hallen presentes en su formación.

Del artículo 35 se puede definir al Libro de Inventario, como aquel libro contable donde se registran los bienes muebles e inmuebles, y además que el inventario debe hacerse al inicio y al final de cada ejercicio económico. También se enfatiza el Principio de la Objetividad cuando dice que debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios y las pérdidas obtenidas.

Artículo 36: “Se prohíbe a los comerciantes:

1°- Alterar en los asientos el orden y fecha de las operaciones descritas.

2°- Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos.

3°- Poner asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmendaturas.

4°- Borrar los asientos o partes de ellos.

5°- Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros".

Cada registro diario de cada transacción también debe respetar las normas: de no alterar la fecha y el orden de los asientos, no dejar espacios en blanco, no borrar, no hacer correcciones sobre los mismos, no arrancar las hojas de los libros.

Artículo 39: “Para que los libros auxiliares de contabilidad, llevados por los comerciantes, puedan ser aprovechados en juicio por éstos, han de reunir todos los requisitos que se prescriben con respecto de los libros necesarios”.

Los libros auxiliares que se lleven deben acogerse a las mismas condiciones que los libros obligatorios. Entre esos libros podemos encontrar un Libro diario auxiliar de Caja, un libro diario auxiliar

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