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Contrato De Cesión Gratuita De Derechos Parcelarios


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  1.431 Palabras (6 Páginas)  •  6.027 Visitas

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C O N T R A T O D E C E S I Ó N G R A T U I T A D E D E R E C H O S

P A R C E L A R I O S

CONTRATO DE CESIÓN GRATUITA DE DERECHOS PARCELARIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SEÑOR ________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CEDENTE”, Y POR LA OTRA, EL SEÑOR____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CESIONARIO”, Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

D E C L A R A C I O N E S

1. Declara EL CEDENTE.

1.1 Llamarse _____________, con _____ de edad, de nacionalidad mexicana y estado familiar casado, de ocupación agricultor, sabe leer y escribir, ser ejidatario legalmente reconocido del poblado de ___________, municipio de __________, estado de ___________ y estar en pleno uso y goce de sus facultades físicas y mentales. Asimismo se identifica con credencial de elector con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral con número _________________, cuya copia de la misma se agrega al presente como ANEXO UNO.

1.2 Tener su domicilio el ubicado en _________________________

1.3 Ser el actual titular con todos los derechos parcelarios, de la parcela número ______________________, según consta en el CERTIFICADO PARCELARIO _____________________________, expedido a su favor por el Registro Agrario Nacional con fecha ________________, mismo que se agrega copia simple al presente como ANEXO DOS.

1.4 Que respecto a la parcela motivo del presente contrato, no ha designado sucesores de sus derechos sobre ella, pero en caso de existir alguna lista de sucesión, es su voluntad cancelar dicha inscripción ante el Registro Agrario Nacional, para que en caso de fallecimiento de EL CEDENTE, EL CESIONARIO no sea molestado con presuntas pretensiones de sucesores.

1.5 Que la parcela que nos ocupa, no se encuentra aprovechada por terceras personas, ya sea por aparcería, mediera, asociación, arrendamiento o cualquier acto jurídico permitido por la ley (artículo 79 de la Ley agraria), así como tampoco gravamen alguno.

1.6 Que tiene la capacidad suficiente para celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN GRATUITA DE DERECHOS PARCELARIOS con todos sus efectos legales.

2. Declara EL CESIONARIO.

2.1 Llamarse _____________, con _____ de edad, de nacionalidad mexicana y estado familiar casado, de ocupación agricultor, sabe leer y escribir, estar en pleno uso y goce de sus facultades físicas y mentales. Asimismo se identifica con credencial de elector con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral con número _________________, cuya copia de la misma se agrega al presente como ANEXO TRES.

2.2 Tener su domicilio el ubicado en _________________________

2.3 Ser ejidatario legalmente reconocido o avecindado del poblado de Xuchitlan, municipio de Lolotla, estado de Hidalgo, es decir, del mismo núcleo de población donde se encuentra ubicada la parcela objeto del presente contrato, por lo que cumplo con el requisito establecido en el artículo 80, párrafo primero de la Ley agraria.

2.4 Que tiene la capacidad suficiente para celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN GRATUITA DE DERECHOS PARCELARIOS con todos sus efectos legales.

3. Declaran LAS PARTES.

3.1 Que en virtud de ser una cesión de derechos parcelarios gratuita, no es necesaria la notificación al cónyuge ni a los hijos, para que ejerzan el derecho de tanto, como se establece en el último párrafo del artículo 80 de la Ley Agraria vigente, lo anterior, a razón del criterio sostenido por el Poder Judicial de la Federación, en la jurisprudencia número 2a./J. 78/2000, de la Novena Época, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta en septiembre de 2000, misma que se reproduce:

DERECHOS PARCELARIOS. EL DERECHO DEL TANTO SÓLO OPERA CUANDO SU TRANSMISIÓN SE REALIZA A TÍTULO ONEROSO.

De la interpretación armónica de lo dispuesto en los artículos 20, fracción I, 60, 80, 83, 84, 85 y 86 de la Ley Agraria, se concluye que para la validez de la enajenación de derechos parcelarios a título oneroso, resulta indispensable que se notifique al cónyuge e hijos del titular de esos derechos, a efecto de que estén en posibilidad de ejercer el derecho de preferencia previsto por el legislador so pena de nulidad de la venta que se efectúe en contravención a éste, sin que tal prerrogativa resulte procedente tratándose de la transmisión de derechos a título gratuito, pues tal aseveración no encuentra apoyo en precepto jurídico alguno de la ley de la materia ni en la naturaleza del derecho preferencial derivada de diversas disposiciones

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