Contribuciones
Enviado por maea0404 • 12 de Septiembre de 2013 • 1.673 Palabras (7 Páginas) • 1.601 Visitas
4.4.
El SUJETO ACTIVO de la obligación tributaria es quien tiene facultad para exigir
el cumplimiento de la obligación (Federación, Estados Y Municipios). Hay algunas
ELEMENTOS DE LAS CONTRIBUCIONES
De la Garza nos define al impuesto como una prestación tributaria obligatoria ex
lege, cuyo presupuesto de hecho no es una actividad del estado referida al obligado
y destinada a cubrir los gastos públicos. Es por ello que se dice que el impuesto es la
prestación en dinero o en especie que establece el estado conforme a la ley, con
carácter obligatorio a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público
y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial directo o inmediato.
Así podemos determinar que los impuestos tienen cinco elementos básicos que son:
1. - El sujeto del impuesto.
62 articulo 31, fracción IV CPEUM
63 artículo 9 CFF
64 PRINCIPIOS DE DERECHO TRIBUTARIO
LUIS HUMBERTO DELGADILLO GUTIERREZ
LIMUSA. PAG. 68Derecho Fiscal
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excepciones a esta regla, pues existen sujetos activos diferentes a los antes
mencionados, es decir, sujetos que tienen una personalidad jurídica distinta a la del
Estado.
Los sujetos activos denominados Organismos Fiscales Autónomos tienen
facultades para determinar las contribuciones, dar las bases para su liquidación y
llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución, en algunos casos por si
mismos o a través de las Oficinas Federales de Hacienda.
Como ejemplos de estos organismos están IMSS, ISSSTE, INFONAVIT etc.
Por tanto podemos concluir que el sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el
Estado, ya sea federación, Estado o Municipios y el distrito federal y que además
puede ser un ente con personalidad jurídica propia diferente a la del Estado, como
los organismos fiscales autónomos.
En lo referente al sujeto del impuesto lo primero que debe determinarse al aplicar un
gravamen es el sujeto, encontrando un sujeto principal pero también puede haber
responsables solidarios.
El SUJETO PASIVO que es la persona física o moral que tiene a su cargo el
cumplimiento de la obligación en virtud de haber realizado el supuesto jurídico
establecido en la norma.
Nuestra legislación no hace referencia a una clasificación de sujetos pasivos, la ley
simplemente distingue entre el sujeto pasivo responsable principal o directo, al que
llama contribuyente y el responsable solidario, categoría que engloba cualquier otra
clasificación que pudiera hacerse sobre el sujeto pasivo.
El sujeto pasivo es el que responde a la categoría de contribuyente en nuestra
legislación. Es quien realiza el hecho generador o quien percibe el ingreso, quien
obtiene en forma directa un beneficio que incrementa su patrimonio, y en tal virtud
es el obligado directo al pago de la contribución por adeudo propio.
Como ejemplo de lo anterior, esta quien obtiene directamente un ingreso, como
puede ser el salario, la renta de inmuebles, o quien percibe honorarios por cualquier
causa.
Por lo que se refiere al SUJETO PASIVO SOLIDARIO solo puede serlo cuando la
ley tributaria expresamente lo determine. La responsabilidad solidaria consiste en
atribuir a persona distinta del sujeto pasivo principal la obligación de pagar la
prestación fiscal cuando este no lo haya hecho, La ley precisa quienes son los Derecho Fiscal
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sujetos pasivos solidarios y las hipótesis o presupuestos que dan origen a tal
responsabilidad.
En lo referente al sujeto del impuesto lo primero que debe determinarse al aplicar un
gravamen es el sujeto, encontrando un sujeto principal pero también puede haber
responsables solidarios, en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) los sujetos
principales son:
a) Los residentes en México respecto de sus ingresos (incluyendo ingresos que
proviene del extranjero).
b) Los residentes en el extranjero con establecimiento o base fija en el país respecto
de los ingresos atribuibles en México.
c) Los residentes en el extranjero respecto de los ingresos procedentes de fuente de
riqueza situada en territorio nacional.
Para efectos Fiscales también existen los responsables solidarios que son aquellos
sujetos responsables de las contribuciones pero que a su vez no son los sujetos
principales.
2. - El objeto del impuesto.
El Objeto del gravamen se determina como aquello que se pretende gravar, en cada
Ley existe un objetivo implícito ejemplo:
Impuesto sobre la renta.-Grava la renta, la ganancia, la utilidad.
Impuesto sobre la renta
Objeto del impuesto
Este impuesto grava los ingresos que modifiquen el patrimonio del contribuyente
proveniente del producto o rendimiento del capital, del trabajo o de la combinación de
ambos; grava la totalidad de ingresos acumulables que deriven de actividades
comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca y el ingreso de las
personas físicas constituido en impuesto al producto del trabajo, producto y
rendimiento de capital y al ingreso de las personas físicas.
Sujeto del impuesto
Son sujeto de este impuesto, las personas físicas y morales en los casos que la ley
señala.
Impuesto al Activo.-Grava el activo neto de las empresas. Derecho Fiscal
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Impuesto al activo
Objeto del impuesto
El objeto del impuesto es la propiedad o posesión de activo cualquiera que sea su
ubicación en el caso de los contribuyentes situados en el territorio nacional y en el
caso de los contribuyentes residentes en el extranjero, así como la propiedad o
posesión por éstos de inventarios
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