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Convenios De Colaboracion


Enviado por   •  16 de Abril de 2015  •  1.097 Palabras (5 Páginas)  •  258 Visitas

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PACTO O CONVENIO DE COLABORACIÓN

Para entender nuestro tema de investigación iniciamos con la definición de pacto o convenio que es un convenio o tratado solemne, estricto y condicional entre dos o más partes en el que se establece una obediencia a cumplir lo establecido en un contrato formal y en que ambas partes se comprometen a ejecutar ciertas acciones y a recibir retribuciones de la otra parte por su cumplimiento.

Un pacto o convenio de colaboración entre la federación y las entidades federativas describe la naturaleza, operación y alcances de la administración por parte de hacienda, tanto estatal y municipal, de los impuestos federales, bajo un sistema de coordinación fiscal entre el gobierno federal y las entidades federativas.

Los principales propósitos de la coordinación de la que se hace referencia, se centra en disminuir algunas deficiencias del sistema tributario en México, haciendo más efectiva la obtención de ingresos federales coordinados a través de una renovación en el registro de contribuyentes y en la recaudación, fiscalización y administración tributaria federal, acercando la presencia fiscal hacia los gobiernos locales y con ello favorecer el desarrollo de la capacidad administrativa de las entidades federativas y así mismo garantizar a los contribuyentes la transparencia en la aplicación de las leyes, reglas, normas y criterios que pueden ser aplicables en la administración de los impuestos federales.

Para formar parte de un convenio de colaboración entre la federación y una entidad federativa, es necesario que la entidad federativa se adhiera al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal regulado por la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 10 que a la letra dice:

Artículo 10.- Las Entidades que deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal para recibir las participaciones que establezca esta Ley, lo harán mediante convenio que celebren con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que deberá ser autorizado o aprobado por su legislatura. También, con autorización de la legislatura podrán dar por terminado el convenio.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno de la Entidad de que se trate, ordenarán la publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de la Entidad, respectivamente, del convenio celebrado, por el cual la Entidad se adhiera; del acto por el que se separe del sistema; y delos decretos de la Legislatura de la Entidad por los cuales se autoricen o se aprueben dichos actos, que surtirán efectos a partir del día siguiente a la publicación que se efectúe en último lugar.

La adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal deberá llevarse a cabo integralmente y no sólo en relación con algunos de los ingresos de la Federación.

Las Entidades que no deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participarán en los impuestos especiales a que se refiere el inciso 5o. de la fracción XXIX, del artículo 73 constitucional, en los términos que establecen las leyes respectivas.

PACTOS O CONVENIOS VIGENTES ENTRE LA FEDERACION Y EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL Y ANEXOS

CONVENIO de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Baja California. 11 feb 2009

ANEXO número 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Estado de Baja California y el Ayuntamiento del Municipio de Mexicali del propio Estado. 07 jul 2004

ANEXO No. 1 al Convenio de

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