ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

¿Cuales son las personas jurídicas o morales y tres ejemplos ?


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2016  •  Apuntes  •  1.511 Palabras (7 Páginas)  •  572 Visitas

Página 1 de 7

¿Cuales son las personas jurídicas o morales y tres ejemplos ? Son Personas Físicas todos los individuos, se dediquen o no al comercio, y  son Personas Jurídicas o Morales todas las instituciones creadas por los individuos, por ejemplo los sindicatos, los clubes, los gobiernos municipales, estatales y federal, Petróleos Mexicanos, el Instituto Mexicano del Seguro Social, las sociedades civiles, asociaciones civiles y las sociedades mercantiles, así como otras agrupaciones constituidas legalmente, con personalidad jurídica propia, distinta a la personalidad e los individuos que las forman.  

¿Cuáles son las dos clases de capacidad que existen? CAPACIDAD JURÍDICA O DE GOCE Y CAPACIDAD DE EJERCICIO. La Capacidad Jurídica o de Goce la tienen todos los seres humanos, aun antes de nacer, desde el momento de ser concebido le reconoce la ley capacidad jurídica al ser humano. Esta capacidad hace a los individuos ser sujetos de derechos y obligaciones, aunque no puedan ejercer por sí mismos estos derechos ni cumplir por sí mismos estas obligaciones, sino que lo hacen por medio de sus representantes legales que pueden ser su padres o su tutores. Los menores de edad, los que no están en pleno uso de sus facultades mentales, los sordomudos de nacimiento o que no saben leer ni escribir, los ebrios consuetudinarios, y los que hacen uso inmoderado de drogas enervantes, se encuentran en el caso de que tienen la capacidad jurídica o de goce, pero no pueden ejercer ni cumplir con sus derechos y obligaciones por sí mismos porque carecen de la capacidad e actuar o del ejercicio.

La Capacidad de Ejercicio o de Actuar la tiene los mayores de edad, siempre que no estén incapacitados legalmente, y son sujetos de derechos y obligaciones, pudiendo ellos mismos ejercer estos derechos.

Ser sujeto de derecho y obligaciones y si tiene la Capacidad de Actuar o de Ejercicio, podrá ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones por sí mismo; pero si solamente posee la Capacidad Jurídica o de Goce, tendrá que valerse de un representante legal, pudiendo ser éste cualquiera de sus padres o tutor.

¿Quiénes pueden dedicarse al comercio? Pueden dedicarse al comercio todas las personas físicas con capacidad legal para ello, es decir, que tengan la capacidad de actuar o de ejercicio, así como todas las Sociedades Mercantiles.

¿Cuáles son las obligaciones comunes de los comerciantes? Todos los comerciantes ya sean personas físicas o morales (sociedades mercantiles), tienen las siguientes obligaciones: Anuncio o Aviso de la calidad mercantil, Inscripción de documentos en el Registro Público de Comercio, Llevar Contabilidad de las operaciones efectuadas, Guardar la correspondencia relacionada con las operaciones del negocio y Cumplir con sus obligaciones fiscales.

Anuncio o Aviso de la calidad mercantil: Este aviso consiste en comunicar por medio de circular la apertura del establecimiento, también se hace por publicación en el periódico oficial o en la de mayor circulación. El anuncio deberá contener el nombre de la empresa, su domicilio, giro o actividad, el nombre y firma de las personas encargadas de su administración o de sus representantes.

Inscripción de documentos en el Registro Público de Comercio: La inscripción de documentos en el Registro Público de Comercio es voluntaria para los comerciantes individuales, o sean, las personas físicas, pero es una obligación para las sociedades mercantiles. El Registro Público de Comercio es una dependencia del Registro Público de la Propiedad. En el artículo 21 del Código de Comercio se indica qué documentos y datos deberán ser registrados en la hoja de inscripción de cada comerciante o sociedad mercantil, a continuación citaremos los más importantes:

I.        Nombre o razón social de la empresa.

II.        La clase de negocio u operaciones a que se dedica.

III.        La fecha de iniciación de operaciones.

IV.        El domicilio de la negociación.

V.        La escritura constitutiva en caso de ser sociedad mercantil.

Obligación de Llevar contabilidad: El artículo 33 del Código de Comercio dispone que los comerciantes están obligados a llevar registro de todas sus operaciones cuando menos en tres libros de contabilidad que son: Libros de Inventarios y Balances, Libro de Diario General y Libro Mayor, y cuando se trate de sociedades mercantiles deberán llevar además, un Libro de Actas, en el cual se registrarán las actas correspondientes a las asambleas de accionistas o socios.

Obligación de guardar la correspondencia: Los comerciantes están obligados a guardar toda la correspondencia que reciban relacionada con sus operaciones o giro, anotando la fecha en que fueron recibidos las cartas y los telegramas. Esta anotación se hacer al reverso de los mismos, así como si fueron contestados o no. Respecto a la correspondencia que envían, dejarán copia de las cartas y telegramas que hayan remitido, con las que irán formando un archivo al que recurrirán en caso necesario.

Sociedad mercantil: es la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb) pdf (87 Kb) docx (11 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com