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¿Cómo Fue El Desarrollo De Derecho Durante La Vigencia De La Ley De Las XII Tablas?


Enviado por   •  4 de Junio de 2015  •  2.345 Palabras (10 Páginas)  •  1.774 Visitas

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Luego de investigar en el libro básico de la asignatura realizar la siguiente actividad:

1. Elaboración de un informe que contenga:

a) ¿Cómo fue el desarrollo de Derecho durante la vigencia de la Ley de las XII Tablas?

La expansión territorial por la cuenca mediterránea obligó a los romanos a elaborar un sistema legal nuevo. Cada territorio conquistado contaba con su propio sistema, por lo que se requería un cuerpo de leyes que fuese aplicable tanto a los ciudadanos romanos como al resto. Más o menos entre el 367 a.C. y el 137 d.C. Este nuevo sistema se desarrolló a partir de los edictos del pretor, que definía e interpretaba la ley para los casos particulares. Si se considera el derecho privado de los romanos desde el punto de vista de su desenvolvimiento, desde la fundación de Roma hasta el reinado de Justiniano, se distinguen cuatro períodos:

1ro.) De la fundación de Roma a la ley de las XII tablas (1 a 304 de Roma), este primer período, el derecho romano está todavía en la infancia, se compone de costumbres antiguas de los pueblos itálicos que fundaron la nueva ciudad.

2do.) De la ley de las XII tablas al fin de la República (304 a 723 de Roma), este segundo período, fijado por la ley de las XII tablas, se desarrolla gracias a la interpretación de los pontífices y de los jurisconsultos, y toma carácter de derecho nacional.

3ro.) Del advenimiento del Imperio a la muerte de Alejandro Severo (723 a 988 de Roma, o 235 de la era cristiana), este tercer período marca su apogeo. Felizmente extendido al contacto de las legislaciones extranjeras, coordinado y adaptado conforme a la práctica por los ingenios eminentes, alcanza, bajo los Antoninos, su más alto grado de perfección. A partir de Diocleciano y durante todo el Bajo Imperio, se estaciona. Los emperadores buscan la manera de poner las leyes en relación con las costumbres de una sociedad nueva, y se sancionan algunas excelentes constituciones. Pero el derecho, como ciencia, está aquejado de una verdadera decadencia. Y

4to.) De la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano (225 a 565 de la era cristiana), este último período se distingue, sobre todo, por los trabajos de codificación.

Este primer periodo tenía un carácter religioso con un derecho basado únicamente en las costumbres antiguas de los pueblos itálicos que fundaron la nueva ciudad.

El derecho nace:

a) 1ro.- Por el uso y conforma el derecho consuetudinario que es obra de las creencias, de la vida de un pueblo, de las costumbres. Nace de la convicción y obliga porque brota de la conciencia del mismo pueblo, o

b) 2do.- Por la creación de la norma legislativa. Es la obra consciente y voluntaria del Estado. Se presenta por medio de la sanción de la autoridad y de la correspondiente publicación. Se conoce como Derecho Legislativo.

El objeto de la Ley de las XII Tablas era reglamentar el derecho público y privado. Fuente propia del derecho romano. Ley válida para patricios y plebeyos. Igualdad.

b) ¿Cuáles fueron las principales características durante el período de la ley de las XII tablas al fin de la República.

En este periodo estuvo fijado por la ley de la XII tablas. Caracterizado por el régimen republicano como forma de gobierno, que se extiende desde el 510 a. C., cuando se puso fin a la monarquía con la expulsión del último rey, Lucio Tarquino el Soberbio, hasta el 27 a. C., fecha en que tuvo su inicio el Imperio.

c) Explicación de cuáles fueron: las leyes; los plebiscitos; la costumbre; y el edicto de los Magistrados.

La Leyes: A pesar del poder absolutista de los emperadores, las leyes continuaron siendo fuente del derecho y votadas por el senado, aprobadas por los comicios de las tribus. En esta época se encuentra principalmente representadas las leyes Julia Judiciariae (procesal); Fufia Caninia, Aelia Senctia y Junia Norbana (sobre manumisiones). Se dice que Tiberio le quitó el poder legislativo a los comicios para entregárselo al Senado. Con esta decisión las leyes cedieron el paso a los senadoconsultos y las constituciones imperiales.

Los Plebiscitos. El plebiscito fue lo que la plebe, en sus reuniones, mandaba y establecía.

Costumbres: Es el conjunto de normas morales consideradas prohibidas en los pueblos de Roma, y que formaron el derecho consuetudinario. O sea, el derecho no escrito. La costumbre, es la fuente primaria de normas que la comunidad reconocía como obligatorias.

Los editos de los magistrados: La magistratura nació, realmente, con ocasión de la República, por cuanto el Estado, que es una persona ficticia, estaba incapacitado para obrar por sí mismo y se hizo necesaria la existencia de funcionarios que ejercitaran la soberanía, con sus dos manifestaciones fundamentales: La Potestad -facultad de imponer normas de conducta- y el imperio – facultad de ejecutar o hacer cumplir las normas de conducta.

Surgieron así los magistratus populi romani, quienes, como sucesores de los- reyes, pasaron a ser los vectores del poder público, pero sin desvincularse de la organización religiosa que dominaba toda la conducta pública del romano, e, incluso, los actos de la administración, al extremo de que si se iba a votar una ley, primero había que consultar a los dioses para que quedara en claro si estos eran o no propicios; y cuando de hacer una declaración de guerra se trataba, era menester los sacrificios a loa dioses para buscar el favor de éstos.

Los magistrados, sucesores del rey en el manejo del Estado, fueron:

a) Los cónsules, cuales, en número de dos, pasaron a ser los jefes del ejecutivo en la República. Gobernaban conjuntamente, pero con la intercessio o derecho de veto, facultad que les permitía objetar las determinaciones del colega cuando las consideraban nocivas.

b) Los dictadores, aparecieron también durante la República, a consecuencia de las amenazas de los Tarquines, expulsados del gobierno junto con la caída de la monarquía. La dictadura se hizo necesaria para contener a aquellos; pero después se recurrió a ella, siempre que la nación romana afrontaba conflictos bélicos, a requerimiento de uno cualquiera de los cónsules y por orden del senado, con lo; que los patricios recupera ron su anterior preeminencia.

c) Los tribunos de la plebe, de quienes ya se hablo, y que surgieron para proteger los intereses de la plebe.

d) Los censores, quienes aparecieron a virtud de la reforma del monarca Servio Tullo, para el establecimiento de los comicios centuriados, cuales asumieron la responsabilidad de su elección posteriormente, en número de dos, para turnos de 18 meses. Eran los encargados de la elaboración del censo de impuestos, ciudadanos (con señalamiento de clase

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