DERECHOS HUMANOS EN MEXICO
Enviado por anellopez • 31 de Mayo de 2013 • 302 Palabras (2 Páginas) • 413 Visitas
MODIFICACIÓN COLECTIVA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO | SUSPENSIÓN COLECTIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO | TERMINACIÓN COLECTIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO |
Cuando existan circunstancias económicas que la justifiquen | La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión de los trabajos. | La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable a l patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión de los trabajos. |
Cuando el aumento del costo de la vida origine un desequilibrio entre el capital y el trabajo | La falta de materia prima, no imputable al patrón. | La incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación. |
| El exceso de producción con relación a sus condiciones económicas y a las circunstancias del mercado. | El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva. |
| La incosteabilidad, de naturaleza temporal, notoria y manifiesta de la explotación. | Las relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas, pueden ser por tiempo u obra determinada o para la inversión de capital determinado. |
| La falta de fondos y la imposibilidad de obtenerlos para la prosecución normal de los trabajos, si se comprueba plenamente por el patrón. | El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos. |
| La falta de administración por parte del estado de las cantidades que se hayan obligado a entregar a las empresas con las que hubiese contratado trabajos o servicios, siempre que aquellas sean indispensables. | |
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