De las Unidades Administrativas del Servicio de Administración Tributaria
Enviado por nyap10 • 19 de Febrero de 2014 • Síntesis • 427 Palabras (2 Páginas) • 427 Visitas
Título II
De las Unidades Administrativas del Servicio de Administración Tributaria
Capítulo I
De las Facultades Generales
Artículo 11. Los Administradores Generales y el Secretario Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera,
además de las facultades que les confiera este reglamento, a cada uno de ellos, tendrán las siguientes:
I.- Formular los programas de actividades y los proyectos de presupuesto de las áreas que integran sus unidades
administrativas, así como organizar, dirigir, supervisar y evaluar dichas actividades.
II.- Acordar y resolver los asuntos de la competencia de las unidades administrativas a su cargo, así como conceder
audiencia al público.
III.- Nombrar y remover a los servidores públicos que conforman las unidades administrativas a su cargo.
IV.- Coordinarse con las demás unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria para el mejor
despacho de los asuntos de su competencia.
V.- Certificar hechos y expedir las constancias correspondientes, así como expedir certificaciones de los expedientes
relativos a los asuntos de su competencia.
VI.- Coordinar la administración de los recursos humanos, financieros y materiales asignados a las unidades
administrativas a su cargo.
VII.- Expedir las constancias de identificación del personal a su cargo.
VIII.- Informar a la autoridad competente de los hechos de que tengan conocimiento que puedan constituir infracciones
administrativas, delitos fiscales o delitos de los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria en el
desempeño de sus respectivas funciones, dando la intervención que corresponda a la Contraloría Interna, así como
asesorar y coadyuvar con las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria respecto de la
investigación, trámite y procedimiento de las actuaciones y delitos mencionados en esta misma fracción.
IX.- Proponer, a la unidad administrativa competente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Servicio de
Administración Tributaria, reformas a la legislación fiscal y aduanera y reglas de carácter general y participar con dichas
unidades administrativas en la instrumentación de tales propuestas.
X.- Vigilar la debida garantía del interés fiscal en los asuntos en que tengan competencia.
XI.- Apoyar directamente a los contribuyentes en la resolución de asuntos individuales y concretos relativos a los
trámites administrativos que realicen ante las autoridades fiscales, sin interferir en las funciones de la autoridad fiscal.
XII.- Estudiar, desarrollar y proponer indicadores de gestión que permitan determinar el nivel de productividad,
cumplimiento de políticas y obtención de resultados de las unidades administrativas adscritas
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