Declaracion Universal De Los Derechos Humanos
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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Declaración Universal de los Derechos Humanos
A principios de 1945 el Consejo Económico y Social de la ONU, creó una Comisión de Derechos Humanos. En su primera sesión, la Asamblea General entregó a la Comisión de Derechos Humanos un proyecto de Declaración Sobre Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, para que lo examine el comité de Redacción de la Comisión presidido por la señora Eleanor Roosevelt compuesto por ocho Estados entre los cuales Francia estaba representada por René Cassin. China por Peng-chum Chang. Líbano por Charles Malik, que empezó a trabajar.
En los dos años que duró la elaboración de la Declaración Universal, los miembros del Comité de redacción siempre mantuvieron una zona neutral y un objetivo común, el respeto de las libertades fundamentales y de los derechos humanos. Aunque no siempre estuvieron de acuerdo sobre todas las cuestiones, decidieron incluir en el documento los principios de la NO DISCRIMINACIÓN, Los Derechos Civiles y Políticos, Los Derechos Económicos y Sociales. Decidieron asimismo que la Declaración debía tener un carácter Universal.
Adoptada y Proclamada por Resolución de la Asamblea General 217ª (III) del 10 de Diciembre de 1948
Que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y de los derechos iguales e inalienables de los miembros de la familia humana. Se ha proclamado como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos disfruten de la libertad de palabra y la libertad de creencias.
Considerando promover el desarrollo de las relaciones amistosas entre las naciones, reafirmando en la Carta su Fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de las personas en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres. Resueltos a promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo del hombre que es la mayor importancia para el pleno cumplimiento de este compromiso.
La Convención Americana Sobre los Derechos Humanos, también conocida como Pacto de San José de Costa Rica, fue promulgada el 22 de Noviembre de 1969, en el marco de la Conferencia Especializada Interamericana sobre los Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Los Plenipotenciarios infrascritos, cuyos plenos poderes fueron hallados de buena y debida forma, firman esta Convención en la ciudad de San José de Costa Rica. Por El Salvador. Por Colombia. Por Jamaica. Por los Estados unidos de América. Por Honduras. Por la República Dominicana. Por la República Argentina. Por México. Por Uruguay. Por Guatemala. Por Perú. Por Costa Rica. Por Haití. Por Trinidad y Tobago. Por Ecuador. Por Barbados. Por Paraguay. Por Panamá. Por Brasil. Por Chile. Por Bolivia. Por Nicaragua. Por Venezuela.
Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención. Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democrática, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre.
Los derechos del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino de los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional que ofrece el derecho interno de los Estados Americanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos ha reafirmado y desarrollado otros instrumentos internacionales de ámbito universal como regional.
Sólo puede realizarse el ideal de
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