Del SMVM y ejemplo práctico
Enviado por fededet • 1 de Julio de 2013 • Trabajo • 518 Palabras (3 Páginas) • 519 Visitas
EMBARGO DE SUELDO
Introducción
El sueldo, SAC inclusive, y las indemnizaciones derivadas de la relación laboral son embargables en la proporción que la ley establece. Asimismo, el Salario Mínimo Vital y Móvil, de ahora en más SMVM, es inembargable, salvo por deudas alimentarias.
Afín de proteger al trabajador frente a sus acreedores, la LCT (art. 147) introduce la noción de cuota de embargabilidad la cual es determinada por el Decreto 484/87. Este decreto establece que las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada periodo mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario (SAC) son inembargables en tanto y en cuenta sean iguales o inferiores al SMVM. Las remuneraciones superiores al SMVM serán embargables en la siguiente proporción:
1.- Remuneraciones que superen al SMVM pero que no lo dupliquen, serán embargables hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediera del SMVM.
2.- Remuneraciones superiores al doble del SMVM, serán embargables hasta el veinte por ciento (20%) del importe excedente del SMVM.
En idénticas proporciones son pasibles de embargo las indemnizaciones debidas al trabajador o a sus derechohabientes con motivo del contrato de trabajo o su extinción.
En su art. 4, el D. 484/87 establece que los limites de embargabilidad antes comentados, no serán aplicables en el caso de cuotas por alimentos o litisexpensas, las que deberán ser fijadas de modo que permitan la subsistencia del alimentante.
Del SMVM y ejemplo práctico
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil es el encargado de fijar el SMVM. A continuación, te mostramos como calcular un embargo, más especificamente, como calcular el limite de dinero a embargar.
A fines prácticos, los siguientes ejemplos van a estar basados en la suposición de un SMVM de $1.200. Sin embargo, recomendamos leer el siguiente apartado del artículo donde siempre vamos a publicar el salario mínimo, vital y móvil actualizado, el cual vas a tener que tener en cuenta para realizar tu cálculo.
Ejemplo 1 | Reumeración que excede el SMVM vigente pero no lo duplica
SMVM: $1.200
Remuneración: $1.500
$1.500-$1.200 = $300, monto a considerar para el embargo. Dado que el salario del trabajador en este ejemplo supera pero no duplica el SMVM, solo puede embargarse hasta el 10% del excedente del SMVM. Es decir, el embargo máximo será de $30.
Ejemplo 2 | Remuneración que duplica al SMVM vigente
SMVM: $1.200
Remuneración: $5.100
$5.100-$1.200 = $3.900, monto a considerar para el embargo. Siguiendo lo legalmente previsto, vemos que este salario supera al doble del SMVM, por lo que se puede embargar hasta el 20% del monto que exceda del SMVM. En este caso, el embargo máximo será de $780.
Nuevamente, la formula para cálcular
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