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Demanda De Laboral


Enviado por   •  18 de Marzo de 2014  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  518 Visitas

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ESCRITO INICIAL DE DEMANDA

EN LA VÍA ORDINARIA LABORAL

SANDRA NANCY CASTAÑEDA CORONA

VS

RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DE LA DEMANDADA

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE EN TURNO

DEL DISTRITO FEDERAL

PRESENTE

SANDRA CASTAÑEDA CORONA, por mi propio derecho, designando como mis apoderados legales a los Licenciados en Derecho NANCY PAULINA CRUZ HERNÁNDEZ, RAÚL SÁMANO JIMÉNEZ, MANUEL GOMEZ PALMA, mediante carta poder anexa al presente escrito, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el Ubicado DOMICLIO DEL DESPACHO DEL LIC MANUEL, México Distrito Federal, ante esta H Junta con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente ocurso vengo a interponer DEMANDA EN LA VÌA ORDINARIA LABORAL EN CONTRA DE LA FUENTE DE TRABAJO DENOMINADA Y DE LAS PERSONAS SIGUIENTES:

RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DE LA DEMANDADA

Asimismo, se señala que el domicilio de la fuente de trabajo se ubica en INSRTAR DOMICILIO DE LA EMPRESA domicilio en el cual se podrá emplazar a demanda.

Se reclaman el cumplimiento y pago por parte de la fuente de trabajo demandada en la presente vía en favor dela suscrita las siguientes:

PRESTACIONES

I. LA INDEMNIZACIÒN CONSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DESPIDO INJUSTIFICADO DEL QUE FUI OBJETO, equivalente a tres meses de salario integrado, con fundamento en el artículo 123,apartado A, fracción XXII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 48, 84 y 89 de la Ley Federal del Trabajo.

II. EL PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS QUE SE GENEREN A PARTIR DEL DÌA DE MI DESPIDO INJUSTIFICADO Y HASTA EL MOMENTO EN QUE SE DE CUMPLIMIENTO AL LAUDO CONDENATORIO QUE SE SIRVA PRONUNCIAR ESTA H JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL.

Ahora bien, no debe pasar por alto esta H Junta que si bien es cierto la reforma a la Ley Federal del Trabajo contempla que los salarios caídos se reducirán a un año, también es cierto que LAS RELACIONES DE TRABAJO EN

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Suscríbase

TRE LA SUSCRITA Y LOS DEMANDADOS COMENZO ANTES DE LA PUBLICACION Y ENTRADA EN VIGOR DE LA MENCIONADA REFORMA LABORAL, POR LO QUE, PARA EFECTOS DEL PRESENTE JUICIO, SE DEBE APLICAR DE MANERA RETROACTIVA Y SIEMPRE EN FAVOR DE LA ACTORA LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, QUE NO CONTEMPLA LA LIMITANTE ANTES MENCIONADA.

Para dar sustento y raigambre a lo anterior, se invoca a favor de la actora la siguiente jurisprudencia:

SALARIOS VENCIDOS. EL ARTÍCULO 48, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, QUE PREVÉ COMO OBLIGACIÓN DEL PATRÓN CUBRIRLOS EN CASO DE DESPIDO INJUSTIFICADO, NO VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN

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