Derecho Empresarial
Enviado por jvillaltam • 11 de Febrero de 2015 • 422 Palabras (2 Páginas) • 2.287 Visitas
Actividad 5.2 Instrucciones
Investigue el contenido del Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo y realice un análisis sobre la normativa referente al salario regulado en el Código de trabajo.
Convenio Internacional del Trabajo número 95
Regula lo referente a la protección del salario, celebrado en Ginebra el 8 de junio de 1949, ratificado por Guatemala el 28 de enero de 1952, los aspectos importantes que regula este convenio son las medidas que protegen el salario, entre ellas:
a) Considera que el salario representa toda retribución que el trabajador perciba del patrono sea cual fuere su denominación.
b) La facultad que tiene la autoridad competente, previa consulta a las organizaciones de empleadores y trabajadores de excluir de la aplicación de las disposiciones de este convenio a categorías especiales.
c) Las formas de pago del salario
d) La posibilidad de pagarse el salario con cheque.
Análisis sobre la normativa referente al salario regulado en el Código de trabajo
Definición
Salario o sueldo es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos. Salvo las excepciones
El cálculo de esta remuneración, puede pactarse:
a) Por unidad de tiempo (por mes, quincena, semana, a) día u hora).
b) Por unidad de obra (por pieza, tarea, precio alzado b) o a destajo); y
c) Por participación en las utilidades, ventas o cobros c) que haga el patrono, pero en ningún caso el trabajador deberá asumir los riesgos de pérdidas que tenga el patrono.
Para fijar el importe del salario en cada clase de trabajo, se deben tomar en cuenta la intensidad y calidad del mismo, clima y condiciones de vida. A trabajo igual, desempeñado en puesto y condiciones de eficiencia y antigüedad dentro de la misma empresa, también iguales, corresponderá salario igual, el que debe comprender los pagos que se hagan al trabajador a cambio de su labor ordinaria.
El salario debe pagarse exclusivamente en moneda de curso legal. Se prohíbe pagar el salario, total o parcialmente, en mercadería, vales, fichas, cupones o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.
Los trabajadores campesinos que laboren en explotaciones agrícolas o ganaderas pueden percibir el pago de su salario, hasta en un 30% del importe total de éste como máximum, en alimentos y demás artículos análogos destinados a su consumo personal inmediato o al de sus familiares que vivan y dependan económicamente de él, siempre que el patrono haga el suministro a precio de costo o menos.
Las ventajas económicas constituyen el treinta por ciento del importe total del salario devengado.
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