Derecho Internacional Publico. Santa Sede Y La Orden De Malta
Enviado por oscarmiguelc18 • 26 de Agosto de 2014 • 1.029 Palabras (5 Páginas) • 680 Visitas
La Santa Sede y La Orden de Malta como sujetos de Derecho Internacional.
Hasta el siglo pasado el Estado era considerado por excelencia como el sujeto de derecho internacional, entendiendo como tal aquel a quien el derecho internacional atribuye una serie de derechos y obligaciones. Cuando aparecen las primeras organizaciones internacionales es el punto de partida para terminar con el monopolio del Estado; actualmente la gama de sujetos internacionales es amplia y está en aumento.
La Santa Sede y la Orden de Malta son sujetos de derecho internacional atípicos o sui generis, que son aquellos sujetos que se encuentran inmersos en las relaciones de derecho internacional, pero no cumplen con alguno de los requisitos esenciales de un Estado Soberano, es decir, territorio, población y gobierno.
La Santa Sede es la jusrisdicción episcopal del obispo de Roma, conocido como el Papa, y es la sede episcopal preeminente de la Iglesia católica, constituyendo su gobierno central. Diplomáticamente y en otras esferas, la Santa Sede actúa y habla por toda la Iglesia católica. También es reconocida por otros sujetos de derecho internacional como una entidad soberana, presidida por el Papa, con la cual se puede mantener relaciones diplomáticas. En tal sentido, la Santa Sede no equivale a la Ciudad del Vaticano, que se creó en 1929, mientras que la existencia de la Santa Sede se remonta a los primeros tiempos cristianos. Los embajadores son acreditados oficialmente por ésta, y los representantes del Papa ante los Estados y las organizaciones internacionales son reconocidos como representantes de la Santa Sede y no de la Ciudad del Vaticano. El término La Santa Sede es normalmente usado en las relaciones internacionales para referirse a la Sede de Roma, considerada como el gobierno central de la Iglesia Católica.
Tiene personalidad jurídica propia (como sujeto de Derecho internacional) y es ella la que, en rigor, mantiene relaciones diplomáticas con los demás países del mundo. Los Pactos de Letrán, fueron una serie de acuerdos firmados el 11 de febrero de 1929 por el cardenal Pietro Gasparri, secretario de Estado de la Santa Sede, en nombre del papa Pío XI, y por el primer ministro de Italia Benito Mussolini. Proporcionaron el reconocimiento mutuo entre el entonces Reino de Italia y la Santa Sede, reconociendo a esta como un Estado soberano y sujeto de Derecho Internacional.
La Santa Sede ha sido reconocida, tanto en la práctica estatal (relaciones internacionales) y la doctrina jurídica moderna como un sujeto de Derecho internacional, con derechos y obligaciones análogos a los de los Estados. Aunque la Santa Sede, a diferencia de la Ciudad del Vaticano, no cumple con todos los criterios establecidos en el Derecho internacional para obtener la condición de Estado (una población permanente, un territorio definido, un gobierno estable y la capacidad de entrar en relaciones con otros Estados), la plena posesión de personalidad jurídica en el Derecho internacional se demuestra en el hecho de que mantiene relaciones diplomáticas con 178 estados y en que es miembro de varias organizaciones internacionales.
La Orden de Malta, es una orden religiosa católica fundada en Jerusalén en el siglo XI por comerciantes amalfitanos. Nació dentro del marco de las cruzadas y desde un principio, junto a su actividad
...