ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Internacional


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  734 Palabras (3 Páginas)  •  156 Visitas

Página 1 de 3

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

2º PARCIAL

4ª PARTE LOS SUJETOS DEL DI

TEMA XIII

EL ESTADO

• Para ser sujeto de DI se requiere:

• Participar y ser destinatario de sus normas.

b) Estar legitimado activamente.

• El principio de la efectividad atribuye subjetividad int. a aquellas entidades en que concurren determinadas características como sucede con los Estados.

• Mediante tratados, los sujetos preexistentes pueden crear nuevos sujetos de DI, como OI, p. ej.

• Supuestos particulares de subjetividad Int. son la Santa Sede y las ONG, que exceptúan las dos reglas anteriores.

• Los particulares, aunque en un ámbito restringido, también han adquirido subjetividad int.

Pero de todos ellos es el Estado al que el DI considera como el sujeto indiscutido.

• SU PERSONALIDAD: NACIMIENTO Y EXTINCIÓN

El Estado es el sujeto originario y pleno del DI. Adquiere su personalidad en el momento de su constitución, y ésta tiene lugar por la conjunción de 3 elementos:

• LA POBLACIÓN: Formada por el conjunto de individuos sobre los que el estado ejercita un conjunto de poderes de hecho.

• EL TERRITORIO, que es el ámbito espacial en que el Estado ejercita la potestad del Gobierno.

• EL GOBIERNO es quien asegura la creación de un orden jurídico y material y unas funciones tanto internas como externas.

• NACIMIENTO

La concurrencia de los elementos reseñados ( Población, territorio y Gobierno) en una sociedad política, la pone en situación de ser incluida en la esfera de los sujetos del DI. A partir de ese momento, el Estado adquiere un status jurídico independiente que los demás deben respetar.

• RECONOCIMIENTO

Mediante el reconocimiento, los demás Estados verifican la existencia del recién surgido. Consiste en un acto jurídico que puede ser:

• Individual o colectivo.

• Expreso o tácito.

• Provisional (de facto) o definitivo (de iure).

Los Estados pueden rehusar un reconocimiento puesto que es un acto discrecional, o por el contrario, reconocer movimientos insurgentes.

El Estado no reconocido sigue siendo sujeto pleno de DI pero su capacidad de acción esta restringida, al igual que sus competencias exteriores y el efecto de sus actos jurídicos en el territorio de otro estado.

• EXTINCIÓN

Un Estado deja de existir cuando desaparece uno de los tres elementos esenciales que lo integran: territorio, población y Gobierno.

Actualmente se tiende a prolongar la existencia del Estado más allá de la efectividad.

• EL RECONOCIMIENTO DE ESTADOS Y GOBIERNOS

El DI no tiene un criterio valorativo de los sistemas políticos, así como tampoco determina los requisitos que debe reunir un gobierno para poder ser reconocido.

El DI únicamente

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com