Derecho Laboral y Organizacion sindical en Puerto Rico
Enviado por Viruet • 31 de Agosto de 2015 • Ensayo • 662 Palabras (3 Páginas) • 1.554 Visitas
DERECHO LABORAL Y ORGANIZACIÓN SINDICAL EN PUERTO RICO
Durante este ensayo podremos ver que los inicios de lucha del movimiento obrero por adquirir derechos que de mejores condiciones laborales y leyes que los protegieran a los obreros de las injusticias del patrono. También podremos ver leyes que protegen algunos derechos adquiridos del movimiento obrero y que áreas cubren dichas leyes que detuvieron los abusos cometidos en los lugares de trabajo y la esclavitud laboral.
El movimiento sindical estuvo dirigido a representar los intereses de sus miembros y al principio, se hacía de una manera informal e irregular y a menudo, sus representantes corrían el riesgo de ser despedidos y perseguidos. En sus inicios, era una modalidad de acción en la que los obreros exponían sus hechos al patrón presentando pruebas o recurriendo a otros medios para obtener una respuesta positiva a sus demandas. Las Normas Internacionales del Trabajo, en particular, los convenios 87 y 98 reconocen la libertad sindical y la negociación colectiva como derechos de los trabajadores y como medios esenciales para incrementar las relaciones entre las partes sociales de cada país.
El trabajo de los miembros de la familia era conocido desde antiguo. Lo que resultaba en una dureza del mismo (que quería un permanente esfuerzo físico) y las condiciones en que se realizaba: insalubridad de los locales, vigilancia casi militar, horarios prolongados, total desamparo en cuanto a seguridad social y protección se refiere. En 1850, el trabajo del obrero no tenia limites, la jornada laboral era de trece e incluso catorce horas, siendo la misma para hombres, mujeres y niños.
En la constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, (Articulo II, sección 15), que protege el derecho a escoger y renunciar libremente al empleo, se establece el principio de igual paga por igual trabajo, el derecho a un salario mínimo, la protección contra riesgos laborales, se establece la jornada de 8 horas diarias de trabajo y la compensación extraordinaria del exceso de dicha jornada (Articulo II, sección 7), los derechos adquiridos en un contrato de trabajo preexistente, no pueden ser disminuidos o derogados por una ley posterior.
Como garantías del derecho colectivo del Trabajo, se reconoce constitucionalmente a empleados privados y de corporaciones públicas el derecho a la asociación sindical, la negociación colectiva (Artículo II, sección 17), la huelga y la participación de los trabajadores en otras actividades concertadas (Artículo II, sección 18). La ley Taft Harley es la ley federal que le confiere derechos a los trabajadores para su auto- organización, acción concertada, y para negociar colectivamente con el patrono.
La ley 130 solo establece que la unidad apropiada debe ser apta para que los trabajadores puedan gozar de sus derechos. La ley 45, se aprobó en 1998 reconoce el derecho de la negociación colectiva a los trabajadores de las agencias de gobierno de Puerto Rico o aquellas agencias del gobierno central que dependen del presupuesto del gobierno de Puerto Rico para su funcionamiento. Las Leyes 134 y 139, aprobadas en 1960 y 1963. Estas leyes todo lo que le permiten a los empleados del sector público de Puerto Rico es establecer asociaciones bona fide de empleados, que pueden descontarle cuotas a los empleados, si estos lo permiten.
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