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Derechos De Los Funcionarios Policiales En Venezuela


Enviado por   •  14 de Mayo de 2014  •  1.030 Palabras (5 Páginas)  •  409 Visitas

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DERECHOS DE LAS FUNCIONARIAS Y LOS FUNCIONARIOS DE POLICÍA

SESIÓN 6

Los funcionarios y funcionarias de los cuerpos de policía tienen los mismos derechos que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela otorga a todas las personas que habitan el territorio venezolano. Algunos de estos derechos son:

1. Derecho a no ser detenido arbitrariamente. Fuera del caso de flagrancia, un policía sólo podrá ser aprendido por orden del juez de control competente.

2. Derecho a la defensa. Todo policía debe ser asistido por un defensor cuando es consignado ante una autoridad judicial.

3. Presunción de inocencia. El funcionario y la funcionaria deben considerarse inocentes hasta que se pruebe su culpabilidad.

4. Derecho a no permanecer incomunicado. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia el funcionario o la funcionaria podrá estar incomunicado.

5. Derecho a audiencias y procedimientos legales. Para que el funcionario sea sancionado internamente, antes tendrá que ser escuchado dentro de un procedimiento de responsabilidad administrativa.

6. Sanciones legales. Ningún funcionario o funcionaria de policía podrá ser arrestado por falta administrativa.

7. No duplicidad de sanciones. A ningún funcionario o funcionaria podrán imponérsele dos veces, por los mismos hechos, sanciones de la misma naturaleza.

8. No sanciones colectivas. Un funcionario o funcionaria de policía no debe ser sancionado colectivamente por el solo hecho de pertenecer al grupo en el que alguno de sus miembros cometió una falta y no haya podido ser identificado por su superior.

9. Prohibición de la tortura. Ningún policía podrá ser torturado, maltratado o vejado en su dignidad.

10. Derecho de petición. Todo policía tiene derecho a quejarse por cualquier irregularidad y formular peticiones a sus superiores.

11. Protección a su vida e integridad física. Para ello debe contar con los equipos necesarios.

12. No discriminación. Ningún policía debe ser objeto de discriminación por razones de sexo, raza, forma de pensar, orientación sexual, creencias religiosas, posición política o condición social.

13. Derecho a la capacitación. Para el mejor desempeño de sus funciones, el policía debe recibir capacitación técnica y formación humanista.

14. Derecho al descanso. Vacaciones periódicas y jornadas de trabajo limitadas.

15. Derecho a la salud. Los funcionarios y funcionarias tendrán derecho a la atención adecuada en materia de salud física y mental, a seguros de hospitalización que garanticen su rehabilitación y adecuados seguros de vida

16. Derecho a la seguridad social. Derecho de toda persona a contar con una protección contra las consecuencias de la desocupación involuntaria, la vejez y la discapacidad proveniente de cualquier causa ajena a su voluntad, que la imposible física o mentalmente para obtener sus medios de subsistencia.

17. Derecho a la objeción de conciencia. Es el derecho a negarnos a acatar cualquier imposición del Estado que afecte, atente o vaya en contra de nuestros valores y/o convicciones. La objeción de conciencia busca el respeto de la libertad en su más amplio sentido, como el de la libertad de conciencia, entendida ésta como la parte de la naturaleza humana capaz de emitir juicios sobre lo que debe o no realizarse; es decir, es la facultad de elegir la opción que consideremos más justa, teniendo siempre presente que dicha elección no afecte la dignidad de otras personas.

18. Derecho a negarse a cumplir órdenes injustas y/o ilegales.

19. Derecho al trabajo: se refiere

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