Derechos humanos, Grupos vulnerables de México N.L
Enviado por abimtz1 • 8 de Mayo de 2021 • Tarea • 741 Palabras (3 Páginas) • 78 Visitas
Grupos vulnerables de México N.L
“La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha encontrado que básicamente
hay seis grupos sociales vulnerables que viven en la calle: mujeres, niños,
ancianos, indígenas, inmigrantes y personas con discapacidad. En el caso de la
pobreza, son directamente o perjudiciales para los demás. Una serie de
consecuencias negativas, como la discriminación, la violencia, el abuso y la falta
de atención médica, educativa y social”.
Es imperativo formular políticas y planes orientados a paliar las necesidades de
los grupos sociales más pobres. Este es un parámetro de crecimiento social
sustentable y enorme: para nosotros la sociedad es como una planta y debe
desarrollarse fundamentalmente hacia arriba. Por lo tanto, no solo Es necesario
reformar las partes mencionadas, y también debe ser obligatorio agregar partidas
más específicas en cada presupuesto anual para atraer la atención de estos
grupos.
Por lo tanto, debemos permanecer siempre vigilantes y prestar atención a
cualquier esfuerzo que pueda ayudar al ámbito legislativo y al Poder Ejecutivo a
trabajar juntos para paliar la situación de pobreza que viven muchos residentes de
nuestro país. En este caso, reconocer a la persona que se encuentra en un estado
de mendicidad. Es un grupo vulnerable, por ello le permitimos enviar los siguientes
elementos para nuestra concentración y respeto:
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO. - Se reforma el artículo 36 de la Ley de Desarrollo Social
del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:
Artículo 36. El presupuesto asignado a la Secretaría y a los programas de apoyo a
grupos vulnerables y combate a la pobreza que corresponda administrar,
destinado al gasto social no podrá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal
anterior una vez que sea autorizado por el Congreso del Estado, considerando el
informe de la inflación que al efecto publique mensualmente el Banco de México,
ni destinarse a fines distintos a los aprobados; salvo cuando el Estado enfrente
alguna situación grave y extrema que lo justifique.
Asimismo, se podrán destinar partidas extraordinarias para programas sociales,
las cuales no serán consideradas para los efectos del párrafo anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Se reforma el artículo 30, fracción III de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:Artículo 30.- A la Secretaría de Desarrollo Social le corresponde el despacho de
los siguientes asuntos:
III. Elaborar y evaluar las políticas públicas orientadas a promover el desarrollo
integral de los adultos mayores y de personas con discapacidad, de las mujeres,
niños,
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